Cámara Federal de la Seguridad Social: nuevas Condiciones Para Presentar Recursos de Apelación
Aquellas personas que pretendan acceder al recurso de apelación ante la Cámara Federal de la Seguridad Social deberán cumplir –sin excepción- con el depósito previsto en el artículo 15 de la Ley 18.820 y sus modificaciones.
De esta manera los actores que presenten el amparo contra las determinaciones de deuda de los recursos de la seguridad social resultantes de las resoluciones administrativas impugnadas tendrán que cumplir con las nuevas exigencias.
Cabe destacar que la omisión del artículo mencionado produciría el rechazo de la presentación, según la Resolución General número 3488, la cual modificó el punto 10.5 de la RG 79.
La norma actual, que tendrá validez a partir del 30 de mayo, dispone que la elevación de las actuaciones para su sustanciación ante la justicia proceda solo si se verifica el cumplimiento del depósito citado.
En caso de que la persona interesada incumpla con lo regulado, se notificará al contribuyente del rechazo de la presentación del recurso y se habilitará al organismo para el inicio de las acciones judiciales referidas al cobro de la deuda.