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 Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila?

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2 participantes
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carlos gonzalez
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Mensajes : 17

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MensajeTema: Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila?   Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila? EmptyLun Ene 13 2014, 17:17

estimadas/os les consulto el siguiente caso. Por favor agradecería su rta.
Datos del cliente:
Masculino
Fecha Nac. 27/07/1947

Aportes:
1) años de aportes pcia. de Córdoba: 15 A, 2 M, 9 D
2) años de aporte en Nación: 6 A, 11 M, (reconocimiento de serv. comunes) +
1 A, 11 M ( aportes como rural)
4 M, 6 D (último trabajo)
3) Moratoria: solo en periodos que no se superponen puedo comprar; 4 A, 2 M
4) art. 19 (al 31/1/14) aprox.: 9 M
Mi consulta:
La pcia. de Cba. no me toma la moratoria para jubilarlos. En la practica tengo más años en pcia.
Como hago para jubilarlo? Puedo comprar aportes que se me superpongan con los de pcia. para superar los aportes pciales?
Hay otra forma de jubilarlo.
Agradezco su rtas.! (y en lo posible me dicen que normativa leer por favor)
Gracias
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bogalaboralista
Meritorio



Femenino
Mensajes : 34
Empleo /Ocio : abogada

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MensajeTema: Re: Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila?   Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila? EmptyLun Ene 13 2014, 17:39

En este caso la caja otorgante es la de la provincia de Córdoba, por poseer mayor cantidad de aportes efectuados en dicho régimen. Lo ideal sería realizar reco en ANSES (caja reconocente) y presentar la documentación en la caja provincial. Sin embargo, si me decís que no llega con los aportes necesarios sin utilizar la moratoria (cosa que IPS tampoco admite) yo tomaría los aportes de ANSES + moratoria + compensación por exceso de edad solamente.

Concretamente a tu pregunta:Puedo comprar aportes que se me superpongan con los de pcia. para superar los aportes pciales? La idea no es superar los aportes provinciales, sino renunciar a ellos, no invocarlos. No es obligatorio invocar la reciprocidad jubilatoria (es decir, manifestar que existen aportes en otro régimen y sumarlos).Explicáselo a tu cliente.

Normativa aplicable: ley de reciprocidad jubilatoria.
Igualmente, esperá otras sugerencias.
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carlos gonzalez
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Mensajes : 17

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MensajeTema: Re: Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila?   Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila? EmptyLun Ene 13 2014, 18:45

Muy agradecido bogalaboralista, muy valiosa tu rta.
Mil gracias.
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MensajeTema: Re: Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila?   Años en pcia y en Nación. Por donde se jubila? Empty

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