Estoy por iniciar un trámite jubilatorio (jubi mixta relación de dependencia + 7 años autonomo taxista). El problema es que tiene el alta en afip 8/1996 y su primer pago es 07/1996. Ergo no se imputa en la liquidación. Me harán problemas por ese pago suelto? El sistema me deja cambiar la situación de revista a 7/1996, pero se pone en rosa y me avisa que no coincide con afip. La persona tiene una deuda enorme y no quiere ni acercarse para pedir la modificación(como llego a los 30 años renuncie todo lo que me daba deuda ya que supero los 30 años).
Que opinan? me admitirá anses iniciar con ese pago sin imputarse?
mil gracias por todos sus aportes