viviana, la ley madre aplicable es la 24241. Ahora bien, la 26417 es una ley emanada del Congreso nacional obedeciendo la manda judicial de implementar una movilidad en los meses de marzo y diciembre de cada año. Sólo es atinente a dicha movilidad.
Tu demanda si bien se debe basar en la 24241, tendrá que tener en cuanto al reclamo por la movilidad en los fundamentos que creas necesarios interponer para solicitar las inconstitucionalidades atinentes a la 26417. Reclamá haber inicial, su adecuación justa a derecho, y lo dicho en cuanto a la ley de movilidad. Pero siempre con base en la ley madre jubilatoria que nos ampara y rige en este momento.
Feliz año nuevo!!!
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