Buenas tardes queridos foristas.
Quería preguntarles sobre el caso "Quiroga Carlos Alberto c/ Anses s/ reajustes varios" ya que si se resuelve su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, qué pasa si durante esos 120 días Anses paga?, como sería posible discutir o acreditar las diferencias?
O solo es posible remediar esto apelando a la Corte (si es que la Cámara lo dispuso) o una vez que paga Anses se puede pedir la liquidación y volver a cuestionarlo?
Desde ya muchas gracias!