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| SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. | |
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lua2279 Colaboradores
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| Tema: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Sáb Oct 17 2009, 12:22 | |
| Ordenan acelerar el ajuste de jubilaciones La Justicia exige a la Anses que aumente inmediatamente el haber mensual de un jubilado querellante sin esperar el final del juicio
Silvia Stang LA NACION La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) deberá aumentarle el haber mensual a un jubilado que inició una demanda por reajuste en la Justicia, pero sin las demoras de varios años que suele tener un trámite de este tipo, sino en un plazo inferior a un mes. Así lo ordenaron los jueces de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social, al dar lugar a una medida cautelar presentada por el jubilado Néstor Fernando Capa. La sentencia, firmada ayer y aún no notificada formalmente, exige a la Anses ajustar, dentro del mes siguiente a recibir los expedientes de la causa, el haber mensual del demandante, según la evolución que tuvieron en cierto período los salarios activos. El pedido de Capa buscó evitar la larga espera que implica la resolución de un juicio, para así comenzar a cobrar el monto que le corresponde según lo que ya dispuso en un caso similar la Corte Suprema de Justicia. El fallo tiene alcance sobre la actualización del haber hacia adelante, pero no sobre el cobro de los retroactivos que se acumularon a favor del litigante por la insuficiencia de las subas otorgadas por los gobiernos. Uno de los motivos que llevaron a los jueces a aceptar la medida cautelar fue que el caso de Capa era similar al de Adolfo Badaro, el jubilado favorecido en 2007 por un fallo en el que el Tribunal Supremo ordenó ajustar los haberes en función de la evolución que habían tenido los salarios activos desde enero de 2002. Por la manera discrecional en que se dieron las recomposiciones de ingresos jubilatorios entre ese año y 2008, muchos pasivos recibieron ajustes insuficientes en relación con el índice salarial. En la sentencia Badaro, que tuvo como efecto un crecimiento récord en el número de juicios (ver aparte), se reconoció que esa falta de ajustes es algo que no debió haber ocurrido. Tras esa sentencia, el Congreso aprobó una ley de movilidad para aplicar alzas periódicas y automáticas, pero sólo con vigencia desde este año, con lo cual muchos ingresos quedaron desactualizados, con la consecuente pérdida de poder adquisitivo. La decisión de aceptar una medida cautelar para el reajuste fue tomada por dos votos contra uno: los jueces Luis René Herrero y Emilio Lisandro Fernández le dieron la razón al jubilado, en tanto que la jueza Nora Dorado votó en disidencia. Según se prevé, la Anses presentaría un recurso extraordinario ante la Corte, que podría revertir el criterio, pero ello no eximiría al organismo de su obligación de pagar el haber actualizado al beneficiado. Varias fuentes consultadas por LA NACION coincidieron en que ese recurso tendría un efecto "devolutivo" que no suspendería la ejecución de lo ordenado por los jueces. Causas que se acumulan El fallo provoca fuertes expectativas en la justicia previsional, en la que se estima que se tramitan unas 260.000 causas. Según fuentes judiciales, no menos del 60%, es decir, unas 160.000, son para pedir la aplicación del criterio Badaro. Los votos favorables a Capa explican que se cumplen dos consignas para aplicar la medida cautelar. Además del antecedente de Badaro, con el que hay "verosimilitud de derecho", se invoca que existe un peligro por la demora en aplicar el ajuste de haberes, que en algún momento determinará la Justicia en forma definitiva. "El peligro de la demora afecta un derecho impostergable de naturaleza alimentaria", argumentó en su voto el juez Herrero, aludiendo a la necesidad del ingreso para adquirir bienes básicos. En la demanda, el jubilado (de 74 años) había advertido sobre la posibilidad de no hallarse con vida para la fecha de finalización del juicio. En diálogo con LA NACION, el juez Herrero afirmó que la decisión hace al cumplimiento de un derecho en forma provisional y trata de evitar daños. Afirmó, también, que no habría ninguna traba para que quienes tienen juicios en trámite presenten medidas cautelares. "Es público y notorio el irrazonable tiempo que insume el proceso previsional y el grave daño que esta demora le propina al derecho de naturaleza alimentario del actor", expone en la fundamentación de su voto. El abogado previsionalista Guillermo Jáuregui calificó de revolucionario el fallo y agregó que no hay dudas de que el derecho invocado en el reclamo es verosímil, por la existencia del fallo Badaro. Según estimó, un jubilado que inicia un juicio puede exponerse a una espera de entre 6 y 7 años hasta que la Anses le actualice el haber, pero aclaró que los plazos suelen ser muy disímiles. Por su parte, el abogado Adrián Troccoli sostuvo: "Es válido el análisis que hace Herrero de las demoras de los juicios, y hay muchas partes que tenemos que ver en esos largos plazos, aunque la primera causante es la Anses, porque viola el derecho y motiva la judicialidad". Sin embargo, dijo no compartir la resolución conocida ayer, porque piensa que "debería acelerarse el procedimiento normal del juicio ordinario". |
| | | periquita Gran Usuario
Mensajes : 7187
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Sáb Oct 17 2009, 19:36 | |
| Excelente noticia!!!!! Muchas gracias por el aporte |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Dom Oct 18 2009, 11:21 | |
| Gracias Lua por la info,. Asi lo publica Clarin hoy 18/10/2009 La Justicia ordenó que le den ya un aumento a jubilados 08:09|Fue a través de un fallo de una Cámara sobre un caso particular. Y se basa en que los jubilados no pueden esperar. Creen que habrá decenas de miles de reclamos similares. Por: Ismael Bermúdez “La ANSeS deberá pagarle al jubilado aunque apele el fallo”. Por Ismael Bermúdez, de la redacción de Clarín. mas informacion Pesaron la edad del jubilado y el colapso del fuero previsional La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social hizo lugar a una demanda de Néstor Capa, un jubilado de 75 años, y ordenó la aplicación inmediata -por vía cautelar- del reajuste de su jubilación en base a la doctrina "Badaro". Esto significa que la ANSES, apele o no este fallo, tiene que reajustarle al jubilado el haber en forma inmediata en más del 50%, al margen de que el juicio prosiga por las diferencias que se adeuden.
Por el fallo Badaro, los haberes previsionales, entre enero de 2002 y diciembre de 2006 deben ajustarse un 88,6%, como evolucionaron los salarios.
En ese lapso la ANSeS otorgó solo dos aumentos generales: del 10% en septiembre de 2004 para los que ganaban menos de $ 1.000 y el 11% en junio de 2006 para todos los jubilados. La diferencia, según los casos, implica una ajuste de hasta el 54,5% ó 69,9%, según la fecha de jubilación.
Como se trata de una medida cautelar, aunque la ANSeS apele el fallo y la causa pase a la resolución de la Corte Suprema, el organismo previsional tiene que cumplir la sentencia. Es la primera vez que la Justicia de la Seguridad Social se expide de esta forma.
El caso tiene gran trascendencia porque a partir de este antecedente se descuenta que decenas miles de jubilados van a presentar un reclamo similar al de Capa. Se estima que un millón de jubilados y pensionados cobran menos de lo que surgiría si se les aplicara el mismo ajuste que a Badaro.
Así, en lugar de tener que esperar varios años hasta lograr una sentencia favorable, ahora con este antecedente esos jubilados pueden obtener el reajuste de sus jubilaciones en apenas pocas semanas, mientras prosigue el juicio por la retroactividad y el fondo de la cuestión.
La novedad es que en lugar de un reclamo ordinario, Capa -que cuando se presentó a la Justicia el año pasado cobraba una jubilación de $ 1.143,50- pidió en la demanda una "medida cautelar innovativa". Argumentó que los tiempos normales procesales dejaban abierta "la posibilidad de no hallarse con vida cuando la justicia le reconozca la integridad de su preciado derecho alimentario", además de vulnerar "los derechos humanos a la subsistencia, a la salud, a la alimentación, a la satisfacción de sus necesidades básicas, en definitiva, a su calidad de vida digna".
En primera instancia, la Justicia rechazó la demanda señalando que por la "complejidad de la causa el trámite debía recorrer "las etapas normales del proceso".
Capa apeló el fallo y el caso pasó a la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social que ayer, por 2 votos a 1, le dio la razón al jubilado.
En su voto, el juez Luis Herrero sostuvo que "es público y notorio el irrazonable tiempo que insume el proceso previsional y el grave daño que esta demora le propina al derecho de naturaleza alimentario del jubilado". Y agregó que concederle la vía cautelar "entraña una respuesta lógica y honesta de la justicia" ante "la grave situación de colapso que aflige al fuero federal de la seguridad social en todas sus instancias, como derivación del pertinaz incumplimiento por parte de la ANSeS de la actualización de los haberes de los jubilados por el período 2002 a 2006, ordenada por el Alto Tribunal de la Nación en la causa "Badaro, Adolfo Valentín" (ver página 4).
También, en su voto, el juez Emilio Lisandro Fernández sostuvo que "la exigencia de una justicia efectiva y rápida, principio elemental de toda materia sometida a litigio, cobra especial relevancia en el caso de los pasivos, donde el transcurso del tiempo es un factor trascendente y constituye un elemento esencial de la decisión judicial. De nada sirve el ajuste de un haber previsional, cuando ya no exista quien habrá de recibirlo". Y agregó que autorizar el ajuste por la vía cautelar, no hace más "que permitir una adecuación del beneficio a parámetros equitativos y pacíficamente aceptados".
En cambio, la camarista Nora Carmen Dorado votó en contra de otorgar la vía cautelar con el argumento de que Capa percibe una jubilación, "es decir, no se encuentra marginado del sistema" y está en discusión si le corresponde o no algún incremento. Y que otorgarle la cautelar configuraría "un anticipo de jurisdicción favorable respecto de la decisión final que recaiga en la causa".
Asi se manifesto TN
http://www.tn.com.ar/2009/10/17/sociedad/02020896.html
Una vez obtenido el Fallo completo publicaremos en Biblioteca. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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| | | paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Sáb Oct 24 2009, 18:30 | |
| Excelente!!! ahora ... a su entender, es facil pedir la medida cautelar cuando uno inicia demanda... qué sucede con los que ya estan en trámites... pierden ese derecho?... |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Sáb Oct 24 2009, 20:20 | |
| Buena preguna Paulae, estaba pensando en mis reajustes inicialados ya. Se podrá presentar una innovativa acogiéndonos al fallo Capa? ? ?; tengo uno de 87, otro de 83, otro de 81, en fin mucho mayores que el Sr. Capa. Me acogí en las demandas respectivas a la celeridad que demandan los mayores de 80 años para su resolución, pero entre los oficios, las notificaciones..., en fin, a algunos ni siquiera le dieron traslado a ANSeS y transcurrieron varios meses. Esto hay que analizarlo en profundidad foristas |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Dom Oct 25 2009, 20:04 | |
| Gracias por el dato de la videoconferencia de Jaúregui! La acabo de escuchar. Se aplicaría sólo a jubilados con haberes de $ 1400.-, enfermos y de 74/75 años. La diferencia en el haber que va a cobrar asciende a $ 35.- por mes, según el disertante, no es mucha la diferencia, no? Se tardó un año la Cámara para resolver la innovativa, previa presentación de demanda administrativa y judicial. Se aplicaría por ende a pocos, y además no lo recomienda en - jubilaciones mínimas; - jubilaciones logradas a partir del 200+6; - no docentes, ni investigadores, etc.; - no haberes superiores ( hay que establecer que tan superiores); - no los ferroviarios; - no los de Luz y Fuerza; - no jubilados que cobran suplementos en el haber jub. y son abonados por la ANSeS; - no las demandas en etapa de ejecución de sentencia o sobre las finales. En fin, un sinnúmero menos de posibilidades, y siempre que se haya solicitado Badaro. Jauregui piensa que lo mejor sería presentar una acción de clase de todos los jubilados ante el Poder Judicial, y no seguir con esta actuación de solicitar un recálculo de haberes que se soluciona en cuarenta o cincuenta minutos, mientras que el Poder Judicial nos entretiene seis o siete años con el papeleo! |
| | | docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. Dom Oct 25 2009, 20:44 | |
| gloria muy interesante tu aporte, acoto otra cosita sería solo para los casos donde se pide movilidad y no recalculo del haber inicial, para los que no la escucharon el Sr. Capa es ferroviario y por eso le da tan poquita diferencia, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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| Tema: Re: SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. | |
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| | | | SUPER IMPORTANTE FALLO CON MEDIDA CAUTELAR!!!! Fallo Capa Nestor F. | |
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