Hola a todos; tengo una consulta de una sra que trabaja hace muchos años en el Hospital Roffo, atención de pacientes oncológicos. Estuve leyendo la ley 24004; el art 24 dispone que tipos de tareas de enfermería se consideran insalubres (entre ellas el cuidado de pacientes oncológicos), sin embargo el Decreto reglamentario 2497/93 no reglamenta ese art. No establece edad ni años de servicios. Y no estaría comprendida en el art 1 inc a del Dec. 4257/68.
Hay alguna otra normativa que deba analizar?
Saludos a todos?