Alguno de los foristas sabe si ya se están aplicando las normas de esta nueva ley? Me quedan dudas acerca de como se va aa aplicar. Ej:
1- muchos jubilables (y jubilados tb) tienen aportes en rrdd q aparecen en la historia previsional y no se distinguen de q son. Por cunsultas con el cliente, se sabe son de empresas constructoras, servirán p bajar la edad jubilatoria? de q forma? como saber si son o no del reg construcción?
2 - cuando y como va a aplicar anses esta ley?
3 - Períodos parciales, o sea cuando se le hicieron aportes intercalados con períodos sin aportes u aportes de otro tipo, ej autónomos o monotributo, como van a tomarlo?
Si alguien tiene respuestas, q x favor las publique. gracias. Carlos.