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 MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM

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MARIMO
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CristianCordoba
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CristianCordoba
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MensajeTema: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 20:28

En Datos Personales - Historia de Categorías figura:
- Períodos No Prescriptos-
Categoría---------------------------------------------Período Desde---Período Hasta--Actividad---Tipo de Contribuyente
10 Monotributo Previsional-Trabajador Activo-----11/2001----------06/2004---------------------------Monotributista.

Mi pregunta es: Puedo poner en situación de Revista desde 05/2001 hasta 06/2004, aunque la fecha de alta sea 11/2001? Es que necesito más períodos para completar porque con la moratoria no me alcanza.


Última edición por CristianCordoba el Vie Nov 21 2008, 19:51, editado 1 vez
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dominique
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 20:32

No.- El monotributo no se declara retroactivamente.- Tendrías que declarar una actividad autónoma en ese caso que planteás.-
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CristianCordoba
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 20:39

Muchas gracias dominique. Un saludo desde Córdoba
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dominique
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 20:44

Razz Razz Razz
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 20:49

CristianCordoba escribió:
En Datos Personales - Historia de Categorías figura:
- Períodos No Prescriptos-
Categoría---------------------------------------------Período Desde---Período Hasta--Actividad---Tipo de Contribuyente
10 Monotributo Previsional-Trabajador Activo-----11/2001----------06/2004---------------------------Monotributista.

Mi pregunta es: Puedo poner en situación de Revista desde 05/2001 hasta 06/2004, aunque la fecha de alta sea 11/2001? Es que necesito más períodos para completar porque con la moratoria no me alcanza.


Cristian nosotros en el sur lo hacemos y jamas tuvimos problemas...pero con personas no inscriptas....por ej....me faltan dos años , completo la moratoria con un periodo desde 01/2000 al 12/2001...sin inscripcion y pagando de contado...lo mismo que hacemos con la mortoria cuando no hay aportes de autonomos en revista...pues en este caso revistamos el M10...en los periodos que te dije para darle lugar a 4 años de DDJJ...yo he jubilado cientos de personas asi....nunca un problema y salen al toque
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CristianCordoba
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 21:16

VIGA escribió:

Cristian nosotros en el sur lo hacemos y jamas tuvimos problemas...pero con personas no inscriptas....por ej....me faltan dos años , completo la moratoria con un periodo desde 01/2000 al 12/2001...sin inscripcion y pagando de contado...lo mismo que hacemos con la mortoria cuando no hay aportes de autonomos en revista...pues en este caso revistamos el M10...en los periodos que te dije para darle lugar a 4 años de DDJJ...yo he jubilado cientos de personas asi....nunca un problema y salen al toque

VIGA: muchas gracias, mañana tengo un turno SDM$20, voy a ver qué onda, y de paso preguntaré si puedo hacer así como decis vos, porque sería la solución. después te cuento.
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dominique
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 21:18

Si, por favor comentalo porque sería una solución ante el avenimiento de la circ. 53, no?
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MARIMO
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 21:21

Hola Viga:

O sea que compràs en Sicam hasta el 9/93 y a continuaciòn ponès el perìodo que querès comprar como monotributo 10 y a ese importe que excede al 9/93 lo pagàs de contado.

gracias

Maria
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMar Oct 28 2008, 23:50

MARIMO1 escribió:
Hola Viga:

O sea que compràs en Sicam hasta el 9/93 y a continuaciòn ponès el perìodo que querès comprar como monotributo 10 y a ese importe que excede al 9/93 lo pagàs de contado.

gracias

Maria

Exacto Maria...de hecho puse el instructivo en la biblioteca.....lo hacemos con personas no inscriptas...igual que compras periodos por Aut. 307 o 298, sin inscripcion por medio del sicam...bueno....agregamos los añitos faltantes, en la Revista como M10 y lo pagamos de contado con los F166 o F155 (segun el periodo que compres....antes o despues del 07/04) con los importes que te arroja el detalle de Deuda de la Liquidacion Sicam...yo hice muchisimas y salen rapidisimo....queres que ponga un ejemplo practico, con todos los datos anonimos ??...
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MARIMO
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 06:51

Hola:

Sí Viga. Estarìamos agradecidos si asì lo hicieras porque los ejemplos pràcticos son muy esclarecedores y nos ayudan a entender bien los temas.

Muchas gracias y besitos

Maria
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Silvana
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 07:21

Gracias Viga , claro es verdad lo que decis, ojalá nos acepten en las udais de acá no? aunque cada una tiene su librito acá te digo eh?
besos a todos.
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VIGA
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 08:43

AQUI VA UN EJEMPLO:

DATOS:
MUJER, FECHA INICIO: 01/07/2008 (CIERRE SICAM)
ART 19 LEY 24241: 3 MESES (REDONDEADOS PARA MENOS)
FN: 06/11/1947
ART 3 LEY 24476: 4 AÑOS
ART 19 LEY 24241: 3 MESES
NINGUN TIPO DE APORTE

SICAM:
12/65 AL 05/77 MORATORIA LEY 24476
06/77 AL 06/80 ART 3 LEY 24476
07/80 AL 01/91 MORATORIA LEY 24476
02/91 AL 12/91 ART 3 LEY 24476
01/92 AL 09/93 MORATORIA 24476
xx/xx AL xx/xx ART 19 LEY 24241 (REDONDEO A TRES MESES)
01/00 AL 11/01 COMPRE M10

TOTAL 30 AÑOS, PAGO CONTADO $ 2721.06 1º CUOTA SICAM $ 291.12, RESTANTES A DESCONTAR DE HABERES $ 336.88
PAGUE CON F 166 CONFORME AL DETALLE DE DEUDA DEL SICAM (SE UTILIZAN HASTA EL 07/04) UNO POR CADA MES COMPRADO.
COBRO: 10/2008
SE INICIO CON TURNO, YA QUE HAY QUE ENTREGAR LOS F166 PAGOS.
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CristianCordoba
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 12:39

Acabo de volver de Anses Villa Carlos Paz: POR AHORA: para SDM$20 se pide F102 + tickets, F575 con la diferencia+ tickets. Pero todavía no la han estudiado bien, así que puede variar en los próximos días. Por lo tanto no pude ingresar el SDM$20 que tenía turno hoy.
En cuanto a lo de monotributo sin estar inscripto me dijeron que es como dice VIGA. Estuve en Anses y en Afip, y en ambos me confirmaron que se puede hacer. Anses no se fija ni en datos personales ni en padrón, y Afip tiene el derecho de salir a cobrar algún día el componente impositivo. El sicam tiene que dar deuda cero o llevar los F166 pagos como bien dice VIGA.
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 12:49

CristianCordoba escribió:
Acabo de volver de Anses Villa Carlos Paz: POR AHORA: para SDM$20 se pide F102 + tickets, F575 con la diferencia+ tickets. Pero todavía no la han estudiado bien, así que puede variar en los próximos días. Por lo tanto no pude ingresar el SDM$20 que tenía turno hoy.
En cuanto a lo de monotributo sin estar inscripto me dijeron que es como dice VIGA. Estuve en Anses y en Afip, y en ambos me confirmaron que se puede hacer. Anses no se fija ni en datos personales ni en padrón, y Afip tiene el derecho de salir a cobrar algún día el componente impositivo. El sicam tiene que dar deuda cero o llevar los F166 pagos como bien dice VIGA.
¨
El sicam 0 seria en el caso que compraras unicamente ese periodo, porque si compras tambien por autonomo te quedaria la cuota mensual de la moratoria , y lo de fuera del 93 pagado de contado ES ASI ?
¨¨

saludos

Maria
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 13:19

Sí María!! Tenés razón, es la misma observación que me hizo la chica de Anses!! Tropecé de nuevo y con la misma piedra! Quise decir SICAM cero fuera de la moratoria 24476
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MARIMO
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 15:25

¡¡ Gracias Cristian¡

La ùltima duda que me quedarìa sería si en el supuesto que no tuviera que usar la moratoria ( por estar ocupados los perìodos hasta el 9/93 con otros aportes)

¿ podrìa cargar el monotributo directamente y acà sí llevar el Sicam 0?

muchas gracias

Maria
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CristianCordoba
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 18:49

Citación :
Todavía no hablé con la jefa de liquidadoras y creo que no lo voy a hacer Very Happy (es una historia larga), pero en cualquier momento arrincono a la jefa de UDAI y le pregunto de una.

Sera porque ya la "arrinconaste" a la jefa de liquidadoras?? Laughing




Huyyyy Cristiannn me vas a matar!!! no se que toque y se borro lo que escribiste arriba!! pale pale

Perdon!!!!!!
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MARIMO
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 19:16

Bueno. Cristian. Estamos atentos.
Muchas gracias por compartir tanto con nosotros.

besitos

Maria
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Anya
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 20:15

Es lo mismo que yo comentaba en el otro post..cuando me inicie y a mi cliente le hice pagar los dos meses de monotributo a $35...estaba inscripta, tenia pagos salteados, entonces tome dos meses del medio...se los hice pagar y a los pocos dias me salio 0 de deuda (lo que era capital)...cerre sicam, calcule los intereses y se los hice pagar...el dia del turno adjunte los formularios de los intereses...y los dos de 35 pesos los deje en mi carpeta..
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CristianCordoba
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 21:34

ANYA! Ahora entiendo qué me decías. Vos sos moderadora queen por eso tenés el "poder" de borrar mensajes, claro. Bueno, está bien, te perdono, pero cuando vengan las elecciones de moderadores me vas a tener que convencer y mirá que (aunque soy mas kirchnerista que el Néstor, y ojo con las cargadas) con un pancho y una coca no alcanza. :afro:

Volviendo a la cuestión burrocrática, creo que yo había puesto lo mismo que está diciendo Anya, que es lo mismo que sostiene VIGA desde siempre. Es más: la iniciadora me dijo que era la forma de jubilar cuando la moratoria no alcanzaba antes de usar SDM. Por cierto, cuando yo presenté SDM en mi UDAI con la iniciadora tuvimos que buscar en la 980 el párrafo que trataba el tema, creo que nadie le había presentado un trámite así, y yo lo había aprendido en los foros virtuales. geek MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM 316302


Última edición por CristianCordoba el Miér Oct 29 2008, 21:39, editado 1 vez
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 21:36

CristianCordoba escribió:
Citación :
Todavía no hablé con la jefa de liquidadoras y creo que no lo voy a hacer Very Happy (es una historia larga), pero en cualquier momento arrincono a la jefa de UDAI y le pregunto de una.

Sera porque ya la "arrinconaste" a la jefa de liquidadoras?? Laughing

No, debe ser por eso que me tiene en jaque! lol! cheers
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyMiér Oct 29 2008, 21:43

CristianCordoba escribió:
ANYA! Ahora entiendo qué me decías. Vos sos moderadora queen por eso tenés el "poder" de borrar mensajes, claro. Bueno, está bien, te perdono, pero cuando vengan las elecciones de moderadores me vas a tener que convencer y mirá que (aunque soy mas kirchnerista que el Néstor, y ojo con las cargadas) con un pancho y una coca no alcanza. :afro:

Volviendo a la cuestión burrocrática, creo que yo había puesto lo mismo que está diciendo Anya, que es lo mismo que sostiene VIGA desde siempre. Es más: la iniciadora me dijo que era la forma de jubilar cuando la moratoria no alcanzaba antes de usar SDM. Por cierto, cuando yo presenté SDM en mi UDAI con la iniciadora tuvimos que buscar en la 980 el párrafo que trataba el tema, creo que nadie le había presentado un trámite así, y yo lo había aprendido en los foros virtuales. geek MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM 316302

ES POR ESTA CIRCULAR CRISTIAN....

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Buenos Aires, 06 de Diciembre de 2006.-

CIRCULAR GP Nº 69/06

NO PRESENTACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE CONTRIBUYENTES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS EMITIDO POR LA AFIP (P.U.C.) NI EL COTEJO DE INFORMACIÓN DEL AUT1, PARA LA TRAMITACIÓN DE BENEFICIOS PREVISIONALES

Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas, que a los efectos de la tramitación y otorgamiento de un Beneficio Previsional, no resulta necesaria la presentación del Padrón Único de Contribuyentes (P.U.C.) con los datos relativos a la actividad Autónoma emitido por la AFIP, atento ser este Organismo el competente para verificar la situación de revista informada en la liquidación presentada por el afiliado y constatarla con la información registrada en dicho Padrón Único, adoptando las medidas que correspondan, conforme lo estipulado en la Resolución
D.E.-Nº 1014/05 - Anexo I - Punto II “Competencia de los Organismos Intervinientes”.
Asimismo, tampoco deberá cotejarse la información proporcionada por el AUT1 con los datos de Historia Laboral incorporados en el SICAM por el afiliado, en tanto éstos resulten suficientes para tramitar y otorgar el derecho al beneficio pretendido, todo ello en concordancia con lo dispuesto por la Resolución GNPyS Nº 163/05, complementaria de la mencionada en primer término.

-----------------------------------------------------------------------------


ANEXO V de la Resolución GNPyS Nº 163/05, dictada el 12/12/05.
Temas a incorporar en la norma complementaria a la Resolución Nº 1014/05 que dicte la Gerencia Normatización de Prestaciones y Servicios:

1. CESE: Modo de acreditarlo:
a) Actividades no regladas: Será considerado con "cese de las tareas autónomas" aquel mes en el cual el afiliado realizó el último aporte al régimen para trabajadores autónomos instituido por la Ley Nº 18.038 (to 1980) o el régimen anterior (Ley Nº 14.397) o al SIJP (Ley Nº 24.241).

b) Actividades regladas: el afiliado pueda invocar la renuncia estipulada por la Ley Nª 25.321 por el último período de aportes autónomos que excedan de los necesarios para el logro de la PBU/PC/PAP/JO o PEA, pudiendo razonablemente considerar un "cese ficto" el mes donde efectuó el aporte previsional inmediato anterior al período en el cual invoca la renuncia de servicios que regula la Ley Nº 25.321.

2. CIRCULAR GP Nº 51/05; SU APLICACIÓN: En la nota Nº 5 al pie de la página 5/5 de la Resolución DE N Nº 1014/05 Donde dice: "...Circular GP Nº 34/05" debe leerse "... Circular GP Nº 51/05".

3. PAGOS REGISTRADOS EN EL SICAM, SU VALIDEZ: Los pagos registrados en el SICAM pertenecientes a aportes o cuotas de moratoria, incluyendo la que instrumentaron las Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6º), resultan válidos a
todos los efectos previsionales, no resultando necesario la agregación de los comprobantes respectivos para su acreditación.

4. APLICACIÓN DE "BENEFICIOS" A LOS PERÍODOS O RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS "CERRADOS" (CASO VOLOVESKI): La invocación de los "beneficios" para los períodos o reconocimiento de servicios llamados "cerrados" Resultarán aplicables para determinar su procedencia las pautas descriptas en la Circular GP Nº 52/05 que menciona la Resolución DE N Nº 1014/05, en el apartado C. Prescripción, Condonación y Renuncia y D. Ampliación de Servicios y en las notas al pie de las páginas 4/4 y 55.

5. MODO DE CONTROLAR EL PAGO DE LAS CUOTAS DE MORATORIA A LA MOMENTO DE LA SOLICITUD DEL BENEFICIO:

Las cuotas de moratoria Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6) vencidas a la fecha de solicitud de la prestación (PBU-PC-PAP/JO o PEA) deben estar canceladas. El iniciador deberá acceder al SICAM y visualizar los pagos realizados; si falta alguno de ellos deberá pedir al titular los comprobantes de pago de esas cuotas que aún no se encuentren registradas en la base de pagos del SICAM

6. PAGOS DE MORATORIA REALIZADOS LUEGO DEL VENCIMIENTO:
El pago de moratoria Leyes 25.865 y 25.994 (art. 6) que fue realizado luego del vencimiento respectivo, resulta hábil para considerarlo como "cuota cancelada" a los fines previsionales.

La constatación del pago de intereses no es materia de ANSES. En todo caso, cuando AFIP verifique las cuotas de los planes de moratoria y advierta que alguna de ellas estuviera pagada fuera de término, adoptará las medidas que hubiere lugar para exigir al contribuyente el pago de los intereses resarcitorios u moratorios que correspondan. Esta verificación se hará " a posteriori " del acuerdo del beneficio y a través de un proceso masivo que adopte la AFIP tomando para ello los datos proporcionados por ANSES.

7. CADUCIDAD DE LA MORATORIA.
El beneficio se otorgará si con la deuda incluida en la moratoria cubre los 30 años de servicios necesarios para la PBU o los 10 años para la Edad Avanzada y se agreguen los comprobantes de las cuotas vencidas al momento del inicio; la declaración de la caducidad de la moratoria es competencia de AFIP tal como lo establece el art. 11 de la Ley 25.865. Si bien, esa Administración Federal fijó pautas sobre la materia a través de la Resolución 1624/04 con motivo de la sanción de la ley 25.865, éstas deberían aplicarse a los casos en los cuales no exista un beneficio previsional en juego ya que reviste el carácter alimentario y la declaración de la caducidad de pleno derecho como lo declara la AFIP y su aplicación automática como causal de denegatoria o baja de la prestación, lesiona derechos constitucionales del titular del beneficio (art. 14 bis y tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional). Es por ello que esta ANSES ha propuesto a la SSS el dictado de una norma que admita, entre otras cuestiones, el descuento de las cuotas de moratoria de los haberes del beneficio; hasta tanto el Superior defina el curso a seguir, no debe impedirse el acceso al beneficio con el argumento de la "caducidad".

8. CIRCULAR GP Nº 53/05:
Se encuentra vigente el procedimiento aprobado por la misma.

9. RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS:

9. a) Si nunca estuvo afiliado al Régimen de Trabajadores Autónomos, puede solicitar un reconocimiento de servicios cancelando la deuda exigible por el período solicitado como único requisito (reconocimiento cerrado – Caso Volovesky)

9. b) De solicitar el titular o su representante Reconocimiento de Servicios para el logro de prestaciones de Pensión y /o Jubilaciones por invalidez, debe requerirse la afiliación formal a los regímenes de las Leyes 14.397,18.038 y /o Decreto 7825/63 (Resolución INPS 232/91).

9. c) Para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional (Resolución 1981/89 CNTA, Anexo VI y VII), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad (Ver 9.c.1 Actividades Regladas y ver 9.c.2 Actividades no Regladas)

9. c.1) Actividades Regladas. Pruebas solo para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional:
Comerciante:
Permiso habilitante y/o patentes y/o cualquier clase de habilitación nacional, provincial y/o municipal, dejando constancia, de fecha alta y baja. De ser baja definitiva, aclarará día, mes y año.
Declaración jurada, rédito y lucrativas, con sus correspondientes talones sellados de recepción.
Integrantes de Sociedades Legalmente Constituidos:
Contrato de constitución social, cesión de cuotas o transformación, inscripto en el registro público de comercio si fuera una sociedad en comandita, en el testimonio se dejará constancia de que dicha sociedad se hace cargo del activo o pasivo del anterior o del fondo de comercio.
Integrantes de Directorio de una S.A.:
Acta autenticada por escribano donde se designa cargo de director de S.A..
Integrantes de una Sociedad Civil:
Escritura de la constitución de la sociedad por protocolización en el registro de escribano actuante.
Agrícola - Ganadero:
Testimonio o escritura de compra de campo o constancia de arrendamiento del predio a explotar mediante contrato y boleto de marcas y señales.
Casos Especiales
Constructores:
Matrícula de Constructor y constancia expedida por Municipalidad de la obra en construcción.
Propietario de Máquina Cosechadora:
Testimonio de compra de la máquina.
Profesionales:
Matrícula. De trabajar en relación de dependencia, presentará certificado que acredite horario Full-Time.
Martillero Público:
A partir de año 1968, se debe solicitar matrícula.
9.c.2) Actividades No Regladas. Pruebas solo para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional:
1. Constancia de pago por patentes para el desarrollo de su actividad (nacionales, provinciales o municipales)
2. Si realizó trabajos en sociedad: contrato con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio. Si la sociedad fue de hecho: contrato registrado ante escribano público o testimonio o fotocopia del mismo
3. Copia de DDJJ para el pago del impuesto a las ganancias y/o actividades lucrativas o ventas con constancias fehacientes de los pagos realizados o en su defecto certificaciones emitidas por autoridad competente.
4. Si lleva registraciones contables en libros rubricados, indicar fecha de la primera y última operación con mención del libro y folio donde se encuentran registradas.
5. Libreta sanitaria o fotocopia de la misma.
6. Registro habilitante para conducir el vehículo utilizado en su actividad.
7. Matrícula o título habilitante para ejercer su actividad o fotocopia de la misma (ejemplo: martillero, enfermera, etc.)
8. Inscripción en el Registro Nacional de Productores Agropecuarios.
9. Contrato o fotocopia de arrendamiento de la tierra.
10. Constancia de prendas constituidas sobre maquinarias, vehículos, útiles de trabajo, etc., adquiridos con destino a su actividad.
11. Constancia de haber presentado a rendir examen a alumnos en escuelas o academias.
12. Constancia de trámites en consulados y/o embajadas en los que constare la profesión o actividad declarada.
13. Título obtenido para ejercer su actividad o fotocopia del mismo (Ej.: maestro, profesora de piano, etc.)
14. Constancia de afiliación a entidades gremiales o profesionales con indicación del período y de las fuentes documentales donde están asentadas.
15. Constancia del registro de la actividad en guía "Kraft" o Telefónica.
16. Constancia del pago de impuestos o tasa relacionada con su actividad.
17. Constancias de inscripción en censos nacionales, provinciales o municipales.
18. constancia de la actividad denunciada al solicitar fuerza motriz
19. Constancia de la actividad denunciada al empadronarse.
20. Constancia de la actividad denunciada al solicitar cédula de identidad.
21. Constancia de la actividad declarada al abrir cuentas corrientes en entidades bancarias, caja de ahorro, seguros o capitalizaciones.
22. Constancia de la actividad declarada al intervenir en acciones judiciales, policiales, firmas de escrituras, poderes, etc.
1. Constancia de actividad declarada al contraer matrimonio.
2. Constancia de actividad declarada al inscribir a sus hijos en establecimientos educacionales.
3. Constancia de actividad declarada en centros hospitalarios o sociedades.
4. Constancia de actividad declarada al gestionar créditos.
5. Constancia de actividad declara al salir o entrar del país.
6. Constancia de la actividad declarada al haber sido testigo en algún expediente tramitado ante reparticiones oficiales (Cajas de Jubilaciones, etc.)
7. Constancias de clientes con firma certificada por autoridad competente en las que se especifiquen tareas realizadas, importes y formas de pago, periodos en que las realizó, etc., estas operaciones deberán estar registradas en libros rubricados con indicación de libro, folio, etc., y acreditar habitualidad.
8. Constancia de proveedores con firmas certificadas por autoridad competente en las que se especifique tipo de mercadería que adquirió, para el desarrollo de que actividad, cantidad, forma de pago, periodos en que las realizó, etc.. Dichas operaciones deberán estar registradas en libros rubricados con indicación del libro, folio, etc. y acreditar habitualidad.
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Anya
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyJue Oct 30 2008, 15:52

CristianCordoba escribió:
ANYA! Ahora entiendo qué me decías. Vos sos moderadora queen por eso tenés el "poder" de borrar mensajes, claro. Bueno, está bien, te perdono, pero cuando vengan las elecciones de moderadores me vas a tener que convencer y mirá que (aunque soy mas kirchnerista que el Néstor, y ojo con las cargadas) con un pancho y una coca no alcanza. :afro:

Volviendo a la cuestión burrocrática, creo que yo había puesto lo mismo que está diciendo Anya, que es lo mismo que sostiene VIGA desde siempre. Es más: la iniciadora me dijo que era la forma de jubilar cuando la moratoria no alcanzaba antes de usar SDM. Por cierto, cuando yo presenté SDM en mi UDAI con la iniciadora tuvimos que buscar en la 980 el párrafo que trataba el tema, creo que nadie le había presentado un trámite así, y yo lo había aprendido en los foros virtuales. geek MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM 316302

No! que poder...de metida me paso No !!

huy, en serio?? con tres panchos y una quilmes...hacemos negocio??? Rolling Eyes Rolling Eyes
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Silvana
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MensajeTema: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES!!!!!   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyLun Nov 03 2008, 13:12

Hola a todos , me encantó ese instructivo que publicó VIGA sobre como completar aportes con monotributo 10... pero hay algo que no entiendo...el importe es lo que figura en sicam de lo que uno declara posterior al 09/1993 no es así? y puedo pagar solo el componente previsional? no perjudico a nadie? y te los toman en vez de SDM?
Gracias por el aguante chicooooooossssssssss.
LOS QUIEROOOOOOO MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM 95851
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Gaturro
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Gaturro


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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM EmptyLun Nov 03 2008, 15:26

Hola Silvana:
Por que no planteas que queres hacer con el MT; para que periodos; te voy anticipando que la categoria mas barata esta en $ 106 mensuales x pagos actuales, no se pueden separar los componentes que lo integran; si pagas una parte con algun volante, obvio el cajero te lo toma pero a posteriori cuando pidas un Sicam, lo faltante te va aparecer con intereses onda "bola de nieve". Expone el caso y vemos la viabilidad, Saludos. cat
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MensajeTema: Re: MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM   MT 10 PARA LOS AÑOS FALTANTES-OPCION MAS CARA QUE SDM Empty

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