Yo apuntaria a revivir esa CSyR, pidiendo
o bien que certifiquen la del 2002 o que expidan nueva, proporcionando vos fotocopia y excibiendo el original a la Empresa.
Obvio que seria mas facil la invocacion de la 524 sin pruebas, pero lo que no este en SIJyP te lo van a valuar como minimos anuales en detrimento del beneficio, mas si ganaba un buen sueldo.
Si el sueldo no hubiera sido bueno mas con el agregado de moratoria que deberas hacerle te va a quedar beneficio minimo; en este segundo caso optaria por 524 y la CSyR
o bien no la menciono,
o la agrego como esta que no sera documental conformada pero si sera un
buen indicio, si opina legales.
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Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-