| ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE | |
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+17Dra.VE vainillaparedes Jimena ferroman Parri Mariana dominique Gabriela.s CristianCordoba Silvina renata MARIMO DRA. MACA Gaturro Silvana Norma daniela 21 participantes |
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Autor | Mensaje |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Dom Nov 23 2008, 01:11 | |
| Excelente, va pasando la tormenta y sale el sol nuevamente Daniela, cuidame las plantas tranqui y despues pasame la receta que quiero un bon sai o como se escriba... Cristian, coincido una vez mas con vos... hay que llamar al 0800 TUANSES y preguntar y cruzar 2 o 3 operadores, siempre hay que hacer eso... despues habiendo leido mas la aclaratoria y en vista de lo que dice Gaby (cuerva idola), creo que hoy por hoy estamos mejor parados que antes.. Para mi resumiendo la mejor opcion para las nuevas SDM: Es pagar $ 20 x F 102 y $ 23 x F 575 = $ 43 por mes Dudas datos del dador del trabajo, te diria que nop.. por que si va dentro de las 6 a 12 hs es SDI O SEA EL NUEVO SERVICIO DOMESTICO INDEPENDIENTE O SEA NO RRDD SI NO AUTONOMO... ME corrigen por favor... Gracias y buen finde FEDE |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Dom Nov 23 2008, 18:54 | |
| Silvina escribioHola a todos soy nueva y está muy bueno el foro!!!!, Renata, tengo el mismo temor, " la verificación" y además tengo un "caso real" de un dador fallecido y el SDM lo pagó el hijo para no tener problemas, pero en la SPP figura como dador la Sra. fallecida, ( es Rosario Centro, es todo un tema ).Pido opiniones, puedo demostrar que el hijo pagó??? ( no tiene ningún problema), va a ir a legales no????? . Gracias. PD: o sea el hijo va a firmar los 102 ( queda horrible?????? )[/quote] En el lugar donde va el nombre del dador de trabajo pondria NOMBRE DE LA FALLECIDA Ej: Maria Perez/NOMBRE DEL HIJO Ej: Juan Fernandez y Perez y firma Juan Fernandez y Perez; apuntalaria con partida de nacimiento del hijo y defuncion de la madre, siempre y cuando al momento de la relacion laboral invocada la mama hubiera estado viva, o el hijo hubiera continuado con la dacion de trabajo que inicio con la madre. Es una opcion, va a ir a legales para consulta, pero no creo que verifiquen y si quieren verificar el hijo daria los argumentos. Saludos. |
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dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Dom Nov 23 2008, 19:52 | |
| La verificación no se va a hacer, salvo que se trate de RTI o Pensión; y no se limita a entrevistar al empleador sino que se hacen vecinales, en el domicilio de la trabajadora y en el de la empleadora.- O sea que no solamente van a ir a entrevistar a quien fuera dador de trabajo... |
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Silvina Auxiliar
Mensajes : 148 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Dom Nov 23 2008, 20:19 | |
| - Gaturro escribió:
- Silvina escribio
Hola a todos soy nueva y está muy bueno el foro!!!!, Renata, tengo el mismo temor, " la verificación" y además tengo un "caso real" de un dador fallecido y el SDM lo pagó el hijo para no tener problemas, pero en la SPP figura como dador la Sra. fallecida, ( es Rosario Centro, es todo un tema ).Pido opiniones, puedo demostrar que el hijo pagó??? ( no tiene ningún problema), va a ir a legales no????? . Gracias.
PD: o sea el hijo va a firmar los 102 ( queda horrible?????? ) En el lugar donde va el nombre del dador de trabajo pondria NOMBRE DE LA FALLECIDA Ej: Maria Perez/NOMBRE DEL HIJO Ej: Juan Fernandez y Perez y firma Juan Fernandez y Perez; apuntalaria con partida de nacimiento del hijo y defuncion de la madre, siempre y cuando al momento de la relacion laboral invocada la mama hubiera estado viva, o el hijo hubiera continuado con la dacion de trabajo que inicio con la madre. Es una opcion, va a ir a legales para consulta, pero no creo que verifiquen y si quieren verificar el hijo daria los argumentos. Saludos. [/quote] Gracias Gaturro!!!!!, me calman tus palabras poorque me tiene muy preocupada. Después les cuento como sigue. Saludos. |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Dom Nov 23 2008, 20:35 | |
| - dominique escribió:
- La verificación no se va a hacer, salvo que se trate de RTI o Pensión; y no se limita a entrevistar al empleador sino que se hacen vecinales, en el domicilio de la trabajadora y en el de la empleadora.- O sea que no solamente van a ir a entrevistar a quien fuera dador de trabajo...
Coincido contigo Dominique, no se va a hacer la vecinal, solo se va a examinar por legales la documentacion aportada, en este caso se trata de una JO. Con respecto a otras probatorias, no en este caso que es lo que pasa ? En cuanto a las vecinales domicilio de la trabajadora, que pueden decir los vecinos ? - Que la veian ir a trabajar, que tomaba el 60 todas las mañanas, pero para quien trabajaba no lo sabran. Como mucho sabran que trabajaba por tal o cual zona. En cuanto a las vecinales domicilio del dador, que pueden decir ? que venia una Sra. 3 veces por semana, se acordaran el nombre de la domestica ? Hoy en dia por el estado de inseguridad reinante son muy pocos los vecinos que saben algo de los otros, las empleadas domesticas estan aleccionadas a no brindar ningun tipo de datos y las personas son escondedoras de toda informacion, el almacen de barrio donde se producia algun dialogo o confianza, ha sido reemplazado por un impersonal supermercado. Los verificadores eso lo saben y solo corroboran cuando se encuentran con vecinos testificantes que hubieran sido correctamente aleccionados previamente. Saludos. |
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Mariana Gran Usuario
Mensajes : 1462 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 11:08 | |
| Coincido 100% con tus apreciaciones Gaturro. Incluso si se denuncia un domicilio por ejemplo en la Villa 31 o Fuerte Apache......van a meterse a preguntarle a los vecinos??? Saludos |
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Invitado Invitado
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 11:26 | |
| Mariam y vos como sabes de fuerte apache y la 31 ?? no sos de Rosario ???jajajaj Bueno me parece que nos estamos desviando un poco el tema igual, me parece que lo mejor es tomar una posicion de cual es la mejor alternativa, sin testigos y sin dador del trabajo, creo que es la que dice Cristian y la que por el momento yo comparto como la mejor o sea la de 6 a 12 hs y de $ 20 a $ 23, solo con Tickets de pago y como autonomo, me parece que el debate interesante seria ese nop??? si me equivoco please corriganme Te mando Besos Mariam FEDE. y cuando puedas me ayudas con esa pregunta que tengo en jubilaciones ordinarias cheeeeeeee graciassssssssss |
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Mariana Gran Usuario
Mensajes : 1462 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 11:34 | |
| Hola Fede, soy de Rosario pero esos son lugares muy conocidos y he pasado en auto cerca. Si ponía Barrio Las Flores acá en Rosario nadie lo conoce!!! Para los casos que tengamos de ahora en adelante coincido que la mejor alternativa es $20 + $23, pero para los casos que ya pagamos $55 no me queda claro si hay que completar el F 102 con el nombre de un dador de trabajo.....de ahí vienen las apreciaciones de Gaturro.
Ahora veo el caso de tu jubi. Besos |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 12:23 | |
| Hola a todos, Marian en cuanto a eso q no te queda claro a vos q pasa con las que pagamos 55 era mi mismo dilema por lo q me fui hoy a la Udai de S. Justo (que es donde presente el 14/11 y me pidieron el testimonial) y me dijeron que hasta q entiendan la aclaratoria por las dudas presente testimonial pero q se corría la bola que los requisitos serían F. 102 con datos del dador de trabajo, TKT de pago y Sijp. Espero te sirva de algo mi experiencia. Besos a todos... |
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Mariana Gran Usuario
Mensajes : 1462 Empleo /Ocio : Contadora
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Silvina Auxiliar
Mensajes : 148 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 14:25 | |
| Hola a todos, hoy una amiga tenía un turno en Rosario Norte y preguntó sobre el tema ( estaba citada por otro tema ) y le contestaron que para ellos es un simple mail, que sigue vigente la circular 53 y "que espere". Mañana tengo turno, si tengo alguna novedad, les cuento. |
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Parri Colaboradores
Mensajes : 606 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 20:36 | |
| Hola chicos, no me queda bien en claro el tema de rti. Ya que estuve leyendo el dictamen de la circular, que tan amablemente pusieron a nuestro alcance. Segun dicho dictamen, el empleador puede regularizar extemporaneamente la relacion, pero en estos casos se va a solictar además del SIJP otra prueba como recibos de sueldo, libreta sanitaria, obs social, etc. Aunque ellos mismos reconocen a renglon seguido que el empleador que no registro debidamente a su emplkeada domestica, dificilmente pueda aportar dicha prueba. queda entonces solo la verificacion??? lei el tema de "adiestrar" a los testigos, en fin, es mi duda, esperemos que podamos ir comentando en cuanto vaya sucediendo. Saludos!!! |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 21:02 | |
| - Parri escribió:
- Hola chicos, no me queda bien en claro el tema de rti. Ya que estuve leyendo el dictamen de la circular, que tan amablemente pusieron a nuestro alcance. Segun dicho dictamen, el empleador puede regularizar extemporaneamente la relacion, pero en estos casos se va a solictar además del SIJP otra prueba como recibos de sueldo, libreta sanitaria, obs social, etc. Aunque ellos mismos reconocen a renglon seguido que el empleador que no registro debidamente a su emplkeada domestica, dificilmente pueda aportar dicha prueba.
queda entonces solo la verificacion??? lei el tema de "adiestrar" a los testigos, en fin, es mi duda, esperemos que podamos ir comentando en cuanto vaya sucediendo. Saludos!!! PARRI ESTO SALIO EN LA ACLARATORIA????. Besos. |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 21:05 | |
| Siiiii Mariana no sabes lo que son esps rulos pero en esta foto no sé porque SALIO CON ESA CARA DE LOOOCAAAAAAA!!!!! A QUIEN SALIO CHE??????? jajjajajajjjaajajajjjjjaj. Besos a todos y me encanta leer halagos para hija por eso te contesté, no para desvirtuar el tema tratado en el post. Besotes,... y como siempre |
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dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Lun Nov 24 2008, 21:54 | |
| Si, con los testigos será suficiente claro que el adiestramiento debe hacerse extensivo a los vecinos del dador de trabajo y del trabajador: no olvidemos que serán tomados al aar como todas las verificaciones |
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Parri Colaboradores
Mensajes : 606 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 08:37 | |
| Sil, VIGA, subió a la biblioteca el dictamen- interpretacion de la cir 53, y eso dictamino respecto rti, la aclaratoria que subieron al foro, se limita a decir que en casso de rti, se requerirá la prueba de la relación "en casos de relación de dependencia" Mi duda surge, y tal vez me expresé mal, es que si pague $20 no sería relación de dependencia: entonces? yo no encuentro que la aclaratoria aclare en estos casos. Valga la redundancia!! Por otra parte, les cuento que ayer me presente en udai (bahia blanca, moreno) donde tramito un rti, y dice que están "evaluando" si las iniciadas con anterioridad a la circular las aprueban o les hacen pagar la diferencia...nada más. Saludos!! |
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ferroman Meritorio
Mensajes : 27 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 09:42 | |
| gente, yo estaba pensando lo siguiente, hago que el sr/a. intime a el supuesto empleador con telegrama ley a que expida la cert. de servicios, luego hohohohohohohoho casualidadddddddd paga este buen sr. (55 o lo que corresponda según periodo) todo completito y prolijito y le expide la cert. tengo acreditada la intimación de la que deriva el pago extemporaneo, si quieren le acompaño 2 testigos y que verifiquen nomás..... de todos modos, la verificación no creo que les resulte de mucha utilidad, creo que debemos tratar de cubrir lo más posible con prueba documental nosotros. Espero opiniones. FERNANDA |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 10:04 | |
| Hola Fernanda: Muy bueno lo tuyo, buena estrategia, queda documentada la intimacion y su posterior regularizacion extemporanea, puede extender cert/serv. que creo en este caso puede ser manual, no obligatorio por web: solo quedan flotando en el aire los intereses por si Afip reclama, Es una forma de ayudar la decision de legales con elementos obrantes en el expediente que justifican plenamente la relacion laboral que se ha regularizado. Otra variacion sobre lo mismo: Confeccionar escrito conciliatorio triplicado tipo conciliacion laboral en Subsecretaria de Trabajo, lugar domicilio dador, apuntando a lo no aportado parte dadora y comprometiendose a hacerlo en el termino de 5 dias habiles. Solo hay que pedir turno para la brevisima audiencia de conciliacion. El convenio se logra en el momento y si queres podes pedir que se homologue. Mis saludos. |
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daniela Auxiliar
Mensajes : 220 Empleo /Ocio : Abogada- Lic Psicpedagogia
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 10:42 | |
| hola hola!! estoy contenta porque por fin aparecio aprobado el tramite por una pad con meses de sdm de 55 que tramite en udai monte grande iniciada en abril de 2006. Luego de la circular, paso de cod 15 a 42 y hoy finalmente aparecio aprobada..... |
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Silvana Gran Usuario
Mensajes : 1212 Empleo /Ocio : Derecho Previsional
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 13:10 | |
| DANI: PRIMERO FELICITACIONES Y YA QUE MENCIONAS MONTE GRANDE PEDI TURNO DE UNA SERA QUE DEB PRESENTAR CON 5 PAGOS EXTEMPORANEOS DE SDM Y EME SALE TODOS LOS DIAS EN MONTE GRANDE!!! ME DAS UNA IDEA SI ME CONVIENE PRESENTAR SDM ALLI DE 55? "cada Udai un mundooooo".Desde ya mil gracias. Besos a todos de las 2. |
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ferroman Meritorio
Mensajes : 27 Empleo /Ocio : ABOGADA
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 17:04 | |
| Si estaria bueno tambien el tema de el acta, pero si el periodo laboral es de más de dos años, no vale la pena y creo que no prosperaria, con el telegrama deberia ser suficiente no??? les cuento que me aprobaron una rti con pagos a $20 el 20/11 loco no? el tema es que el 20/10 me habian citado a que de de baja la graciable, cuando la lleve el 28 (recordemos que el 23 y 27 anses no trabajo) ya estaba la circular asi que me pidieron los pagos de23 y me la acordaron medio a los ponchazos para sacarsela de encima. les cuento que tambien antes de circular me acordaron una pea con sdm a 20 cobra ahora en diciembre. en fin, alguien mas que opine como armar el cirqueli?? cariños. fernanda |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Mar Nov 25 2008, 18:03 | |
| Hola Fernanda: Te digo otra posibilidad Busca en la Web Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires Profundizando busca en denuncias Alli vas a encontrar un formulario tipo para esos fines. El objeto a denunciar es trabajo en negro, falta de aportes. Ojo aca con el tiempo de prescripcion 2 años.- Ante un caso que lo meritue, denuncias, te guardas la copia sellada y antes que le caiga inspeccion al dador (si van), se deposita parte enpleadora. tickets fotocopia para el dador, y tickets originales para el trabajador. Al expediente de inicio en original denuncia y tickets del dador, pero que te la certifique el iniciador. En algun decreto o resolucion lei que el trabajador queda cumplido con su obligacion al denunciar al MT el incumplimiento empleador no recuerdo que norma es pero si la encuentro la posteo. Para otros casos un juicio laboral donde entre otras cosas se planteen falta de aportes, verificado esto por el tribunal debe obligatoriamente, dar la novedad a Afip para que hagan lo necesario. (aparte de lo que sabermos de la denuncia Z en Afip) Sigamos arrimando posibilidades. Saludos. |
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Jimena Auxiliar
Mensajes : 219 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Miér Nov 26 2008, 18:46 | |
| Una duda, para las iniciadas con $55 en estado 15 esperamos que nos citen o adjuntamos tickets y f.102?
:(gracias): |
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Mariana Gran Usuario
Mensajes : 1462 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE Miér Nov 26 2008, 19:17 | |
| - Jimena escribió:
- Una duda, para las iniciadas con $55 en estado 15 esperamos que nos citen o adjuntamos tickets y f.102?
:(gracias): Hola, yo te diría que esperes a que te citen, si es que lo hacen......para qué vas a aportar pruebas si quizás después no las pidan?? Saludos |
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| Tema: Re: ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE | |
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| ACLARATORIA CIRCULAR 53/08- DEBATE | |
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