Foristas!, Tengo un reajuste para hacer de una persona que se jubiló en el año 2008, este trabajó 33 años en relación de dependencia. Yo pensé en aplicar para el reajuste del haber inicial (para actualizar las remuneraciones) el ISBIC y para la movilidad pedir la aplicación del Indice de Salarios elaborado por el Indec, o sea extender la aplicación de Badaro, de ahi aplicar los aumentos generales de Anses o pedir la inconstitucionalidad de la Ley 26.417. Agradecería que ayuden para ver si estoy orientando bien el planteo. Muchas gracias!!!