tengo el caso de una señora que esta cobrando una pension mas baja que la jubilacion minimo y que nacio el 02/01/1946, y que tendria 18 años el 02/01/1964.
tendria de exceso de edad 2 años si aplico el art. 19, me faltarian 28 años porque no tiene aporte. ¿ al realizar el sicam que lo tendria que pagar al contado puedo aplicar la declacion jurada art. 3 de la ley 24476, que seria de 7 años?