Buen dia, les hago una consulta,
tengo una caso de reajuste por 18037, de un señor que tiene actualmente 81 años.
Mi duda surge a cerca de si existe alguna norma respecto a la prioridad para el cobro por ser mayor de 80 años.
Concretamente existe la norma?? y si es asi tendria que agregarla en la demanda??
muchas gracias.