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| Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo | |
| | Autor | Mensaje |
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FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Vie Abr 29 2011, 14:57 | |
| Buenas tardes foro:
Por favor, necesito saber con que codigos pago el AJUSTE PAGO OBLIGACION MENSUAL AUTONOMO, ya que la CCMA no me tira los formularios. Solo me dice el concepto AUT. 019-019.
Muchas gracias
saludos
Flor
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| | | FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Sáb Abr 30 2011, 11:22 | |
| - FLORCITA73 escribió:
- Buenas tardes foro:
Por favor, necesito saber con que codigos pago el AJUSTE PAGO OBLIGACION MENSUAL AUTONOMO, ya que la CCMA no me tira los formularios. Solo me dice el concepto AUT. 019-019.
Muchas gracias
saludos
Flor
chicos: Les cuento. Me explicaron como se paga esta deuda de autonomos post. al 1/8/94. En este caso que era un ajuste de capital, hay que usar el F 801/E , utilizando 2 formularios para cada mes. Uno para las contribuciones y otro para los aportes. En el caso de ser el capital del periodo completo hay que usar el form. 1101, que hay que bajarlo desde el sistema registral. Gracias a todos los que me ayudaron: Ariel, Dramamita, Mario, Lilita.... saludos Flor |
| | | cuervo29 Gran Usuario
Mensajes : 944
| | | | FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 22:51 | |
| [quote="cuervo29"][quote="FLORCITA73"] - FLORCITA73 escribió:
- Buenas tardes foro:
Por favor, necesito saber con que codigos pago el AJUSTE PAGO OBLIGACION MENSUAL AUTONOMO, ya que la CCMA no me tira los formularios. Solo me dice el concepto AUT. 019-019.
Muchas gracias
saludos
Flor
chicos: Les cuento. Me explicaron como se paga esta deuda de autonomos post. al 1/8/94. En este caso que era un ajuste de capital, hay que usar el F 801/E , utilizando 2 formularios para cada mes. Uno para las contribuciones y otro para los aportes. En el caso de ser el capital del periodo completo hay que usar el form. 1101, que hay que bajarlo desde el sistema registral. Hola Florcita disculpame pero estoy en las mismas que vos y no puedo bajar el formulario que mencionas ¿ como lo hiciste?Gracias a todos los que me ayudaron: Ariel, Dramamita, Mario, Lilita.... saludos Flor hola: Es medio dificil llegar. Voy a tratar de explicarte. Tenes dos formas de pagar, una llevando el F 1101 y la otra proporcionandole los datos al cajero. Yo pude pagar de las 2 formas. Para bajar el formulario. Te cuento la rutina Vas al sistema registral A la izquierda de la pantalla vas eligiendo las opciones - Listado de contribuyentes asociados lupita Consultas-Tramites Consulta de tramites efectuados Pantalla consulta de tramites presentados por este sistema ( impresion de ticket). Lupita Empadronamiento de autonomos Ahi aparece el F 1101- Lo imprimis y lo llevas o le indicas al cajero que busque el F 1101 y le das los datos. Tiene que editar solamente el importe y poner el que vos queres pagar. Este formulario es para pagar la mensualidad y las diferencias. Fijate si lo encontras. saludos |
| | | cuervo29 Gran Usuario
Mensajes : 944
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:04 | |
| Fecha : 23-05-2011 23:03:41 Mensaje No hay trámites presentados por este sistema me sale esto |
| | | FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:13 | |
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| | | cuervo29 Gran Usuario
Mensajes : 944
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:13 | |
| Tramite : Inscripcion Informe autónomos CUIT: 20078790xxx - Apellido :xx Nombre : JORGE ALBERTO Fecha de nacimiento: 04-03-19xx - Jubilado Ley 24241: NO - Sexo: MASCULINO Requisito : Notificación declaración jurada de salud NOTIFICACION Declaración Jurada de Salud Decreto N° 300/97 1.SR.TRABAJADOR AUTÓNOMO Según el Art.6° del Dto del PEN N° 300/97, esta Administración Federal le notifica en forma fehaciente que, para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), será obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), junto a la Constancia de inscripción de Autónomos -F. 940,ello a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación. Mientras no cumpla con ese requisito, o si la declaración contuviese falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del Art.48 de la Ley 24.241, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad, cuando la contingencia se produjera como consecuencia de la patología existente al momento de la afiliación. DEBERAN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE SALUD (artículo 5°): a)Los trabajadores autónomos que ingresen al SIPA a partir de la entrada en vigor del Dto 300/97. b)Los trabajadores autónomos que hayan dejado de cotizar por un periodo superior a 12 meses. c)Los trabajadores autónomos que hubieren solicitado su baja, al momento de su reinscripción. d)Los afiliados en relación de dependencia comprendidos en el SIPA que se incorporan como trabajadores autónomos, si al momento de solicitar su inscripción hubiere transcurrido un plazo superior a 12 meses desde su cese como trabajador dependiente. 2.SRA.AMA DE CASA-LEY N°24.828 Deberán cumplimentar las normas citadas en el punto 1 de la presente. Queda Ud. debidamente notificado/a y esto si me voy a empadronamiento de autonomos |
| | | cuervo29 Gran Usuario
Mensajes : 944
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:14 | |
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| | | FLORCITA73 Gran Usuario
Mensajes : 715 Empleo /Ocio : Est. Derecho- Informatica
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:15 | |
| - cuervo29 escribió:
- Tramite : Inscripcion Informe autónomos
CUIT: 20078790xxx - Apellido :xx Nombre : JORGE ALBERTO Fecha de nacimiento: 04-03-19xx - Jubilado Ley 24241: NO - Sexo: MASCULINO Requisito : Notificación declaración jurada de salud NOTIFICACION Declaración Jurada de Salud Decreto N° 300/97
1.SR.TRABAJADOR AUTÓNOMO Según el Art.6° del Dto del PEN N° 300/97, esta Administración Federal le notifica en forma fehaciente que, para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), será obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), junto a la Constancia de inscripción de Autónomos -F. 940,ello a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación. Mientras no cumpla con ese requisito, o si la declaración contuviese falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del Art.48 de la Ley 24.241, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad, cuando la contingencia se produjera como consecuencia de la patología existente al momento de la afiliación.
DEBERAN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE SALUD (artículo 5°):
a)Los trabajadores autónomos que ingresen al SIPA a partir de la entrada en vigor del Dto 300/97. b)Los trabajadores autónomos que hayan dejado de cotizar por un periodo superior a 12 meses. c)Los trabajadores autónomos que hubieren solicitado su baja, al momento de su reinscripción. d)Los afiliados en relación de dependencia comprendidos en el SIPA que se incorporan como trabajadores autónomos, si al momento de solicitar su inscripción hubiere transcurrido un plazo superior a 12 meses desde su cese como trabajador dependiente.
2.SRA.AMA DE CASA-LEY N°24.828
Deberán cumplimentar las normas citadas en el punto 1 de la presente.
Queda Ud. debidamente notificado/a
y esto si me voy a empadronamiento de autonomos Cuervo: estuviste en otro canal.... |
| | | cuervo29 Gran Usuario
Mensajes : 944
| Tema: Re: Con que codigos pago ? Ajuste pago obligacion mensual autonomo Lun Mayo 23 2011, 23:19 | |
| - FLORCITA73 escribió:
- cuervo29 escribió:
- Tramite : Inscripcion Informe autónomos
CUIT: 20078790xxx - Apellido :xx Nombre : JORGE ALBERTO Fecha de nacimiento: 04-03-19xx - Jubilado Ley 24241: NO - Sexo: MASCULINO Requisito : Notificación declaración jurada de salud NOTIFICACION Declaración Jurada de Salud Decreto N° 300/97
1.SR.TRABAJADOR AUTÓNOMO Según el Art.6° del Dto del PEN N° 300/97, esta Administración Federal le notifica en forma fehaciente que, para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), será obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), junto a la Constancia de inscripción de Autónomos -F. 940,ello a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación. Mientras no cumpla con ese requisito, o si la declaración contuviese falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del Art.48 de la Ley 24.241, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad, cuando la contingencia se produjera como consecuencia de la patología existente al momento de la afiliación.
DEBERAN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE SALUD (artículo 5°):
a)Los trabajadores autónomos que ingresen al SIPA a partir de la entrada en vigor del Dto 300/97. b)Los trabajadores autónomos que hayan dejado de cotizar por un periodo superior a 12 meses. c)Los trabajadores autónomos que hubieren solicitado su baja, al momento de su reinscripción. d)Los afiliados en relación de dependencia comprendidos en el SIPA que se incorporan como trabajadores autónomos, si al momento de solicitar su inscripción hubiere transcurrido un plazo superior a 12 meses desde su cese como trabajador dependiente.
2.SRA.AMA DE CASA-LEY N°24.828
Deberán cumplimentar las normas citadas en el punto 1 de la presente.
Queda Ud. debidamente notificado/a
y esto si me voy a empadronamiento de autonomos Cuervo:
estuviste en otro canal.... jajajaj yo empece a tocar todo lo que habia jajajaj y bueno flor es tarde y estoy resfriado y este cliente me vuelve loco que quiere pagar ahoraaaaaaaaaaa quiere pagarrrrr antes naaaaaaaaa jajajajaj un encontrar gente solidaria y sin nada de egoismo como vos, por suerte en este foro hay mucha personas asi.... |
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