Hoy estuve en la cámara y retiré resolución 71/08 y 82/08.
La 71 dice "disponer de oficio y en forma mensaul, la comunicación mediante soporte magnético a la Procuración de todos los juicios en trámite" (05/11/2008).
La 82 (16/12/2008):Art. 1: Deberá entenderse que la comunicación por soporte magnético a la Procuración suple al oficio del respectivo tribunal.
Art. 2: Disponer que los abogados deberán acompañar a la Procuración:a) formulario del anexo I de la Ley 25.344; b) copia de la demanda y prueba documental.
Art.3: Establecer que recién cuando en el respectivo tribunal se acredite la recepción de lo ordenado en el art. 2º de la presente con sello de recepción de la Mesa de entradas de la Procuración, se proseguirá con el trámite del jucio.
Además me informaron que los sorteos están demorando 1 mes.