| RESOLUCION Nº 15 DE CFSS | |
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Autor | Mensaje |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Miér Abr 01 2009, 19:47 | |
| HOLA COLEGAS!...SOY NUEVA EN EL FORO.... NECESITO SI ALGUIEN SABE DE QUE TRATA LA RESOLUCION N° 15/1996 DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL??? SUCEDE QUE PRESENTE UN REAJUSTE CON PODER GENERAL DE MI CLEINTE Y ME DICTARON UN PREVIO REQUIRIENDO QUE MI PODER SE AJUSTE A LO QUE ESTIPULA DICHA RESOLUCION.... BUSQUE EN INTERNET POR TODOS LADOS Y NO SE QUE DICE ESA RESOLUCION!!! |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 02 2009, 00:10 | |
| Hola Lokiron: Bienvenida al foro, te va a gustar... Estuve revisando lo que tengo, la biblioteca del foro y no encontre nada con ese numero y año. De cualquier forma no hay mucho expuesto de la Carss, solo algun fallo que se hace famoso porque da vuelta una modalidad Anses. Mismo sus Resoluciones. Para ir buscando alguna punta del tema fijate en biblioteca que hay un formulario unico para ingreso de causas, decime si usastes este medio, la impugnacion pinta por el lado de algo formal no cumplido. Despues decime. Saludos _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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juan manuel Meritorio
Mensajes : 81 Empleo /Ocio : ABOGADO
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 02 2009, 12:38 | |
| Para agilizar yo la pediria en el mismo Juzgado que hizo el decreto |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 02 2009, 13:25 | |
| Muchas gracias por sus respuestas. De todos modos lo unico que me queda es averiguar en el mismo juzgado. Lo que sucede es que yo vivo y ejerzo en Concordia, donde no tenemos juzgado Federal, ergo, debo viajar hasta Concepcion del Uruguay, que me queda aproxim. a unos 140 km. y ya queria ir con el escrito de cumplimiento con lo intimado, pero hasta el momento no se de que se trata . Gracias!!! :(gracias): |
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mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 02 2009, 13:59 | |
| - LOKIRON escribió:
- Muchas gracias por sus respuestas.
De todos modos lo unico que me queda es averiguar en el mismo juzgado. Lo que sucede es que yo vivo y ejerzo en Concordia, donde no tenemos juzgado Federal, ergo, debo viajar hasta Concepcion del Uruguay, que me queda aproxim. a unos 140 km. y ya queria ir con el escrito de cumplimiento con lo intimado, pero hasta el momento no se de que se trata . Gracias!!! :(gracias): Hola Lokiron te hago una pregunta el poder general lo hizo un escribano? Porque si es asi, los Fueros Federales te piden una MINUTA-CARTA PODER asi se llama el formulario debe ser completado y el titular certifica su firma en la mesa de entradas de la Camara Federal o ante Juez de Paz, si no es urgente para la proxima semana voy a los Federales y lo consigo para que Gaturro lo suba a biblioteca. Saludos y bienvenido al foro |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Lun Abr 06 2009, 09:48 | |
| HOLA, MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS, COLEGAS!!! SI, "mavesa" EL PODER ESTA HECHO ANTE ESCRIBANO, ES UN PODER GENERAL, YO CREO, QUE CAPAZ EL PROBLEMA SEA QUE EL PODER NO ESTA LEGALIZADO. LA VERDAD QUE NOSE, MAÑANA IRE HASTA CONCEP. DEL URUGUAY Y CONSULTARE DIRECTAMENTE EN EL JUGADO. GRACIAS!!!!! |
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mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Lun Abr 06 2009, 14:39 | |
| - LOKIRON escribió:
- HOLA, MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS, COLEGAS!!!
SI, "mavesa" EL PODER ESTA HECHO ANTE ESCRIBANO, ES UN PODER GENERAL, YO CREO, QUE CAPAZ EL PROBLEMA SEA QUE EL PODER NO ESTA LEGALIZADO. LA VERDAD QUE NOSE, MAÑANA IRE HASTA CONCEP. DEL URUGUAY Y CONSULTARE DIRECTAMENTE EN EL JUGADO. GRACIAS!!!!! LOKIRON: BAJA EL FORMULARIO QUE ESTA EN LA BIBLIOTECA Y HACELO FIRMAR EN LOS FEDERALES MAS CERCANOS QUE TENGAS O EN EL JUZGADO DE PAZ |
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docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 11:55 | |
| - LOKIRON escribió:
- HOLA COLEGAS!...SOY NUEVA EN EL FORO....
NECESITO SI ALGUIEN SABE DE QUE TRATA LA RESOLUCION N° 15/1996 DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL??? SUCEDE QUE PRESENTE UN REAJUSTE CON PODER GENERAL DE MI CLEINTE Y ME DICTARON UN PREVIO REQUIRIENDO QUE MI PODER SE AJUSTE A LO QUE ESTIPULA DICHA RESOLUCION.... BUSQUE EN INTERNET POR TODOS LADOS Y NO SE QUE DICE ESA RESOLUCION!!! ahora voy a pedir que cargen la resolución 16/96, 60/96 y reglamentacion de poderes de la camara, pero es como te dice mavesa, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 11:56 | |
| - docta escribió:
- LOKIRON escribió:
- HOLA COLEGAS!...SOY NUEVA EN EL FORO....
NECESITO SI ALGUIEN SABE DE QUE TRATA LA RESOLUCION N° 15/1996 DE LA CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL??? SUCEDE QUE PRESENTE UN REAJUSTE CON PODER GENERAL DE MI CLEINTE Y ME DICTARON UN PREVIO REQUIRIENDO QUE MI PODER SE AJUSTE A LO QUE ESTIPULA DICHA RESOLUCION.... BUSQUE EN INTERNET POR TODOS LADOS Y NO SE QUE DICE ESA RESOLUCION!!!
ahora voy a pedir que cargen la resolución 16/96, 60/96 y reglamentacion de poderes de la camara, pero es como te dice mavesa, saludos sorry 15/96 y 30/96 puse mal los dedos saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
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mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 13:12 | |
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Anya Moderador
Mensajes : 2988 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 13:36 | |
| Ya estan subidas en la Biblio las resoluciones! Gracias ! |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 15:33 | |
| MUCHISIMAS GRACIAS!!!!! SON UNOS GENIOS, COLEGAS!!! |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 16:09 | |
| Colegas, ahora que ya sé de que se trata la dichosa Resolucion N° 15/96, les pregunto, como puede ser que un Poder Gral. ante escribano no resulte ser un instrumento idoneo para tal representación?..y siguiendo con los lineamientos de la mentada Acta 136, en conclusión lo que me quedaría en este caso es hacer la Carta Poder y mi cliente (de 86 años de edad) va tener que viajar hasta el Juz. Federal más cercano (140 km.) para poder firmar ante el Juzgado Federal, toda vez que el expediente ya se halla iniciado...Porque asi lo determina el Acta 136 y en lo pertinente la Resol. 136!!!...ME CORRIJEN SI ESTOY EQUIVOCADA, POR FAVOR!! ...eso dice la Resolución: [b]"...En los casos en que el expediente ya esté radicado, mediante carta poder otorgada ante el Secretario de Juzgado en lo contencioso Administrativo Federal, del Juzgado Federal del interior del país, o de la Sala de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en que tramiten las actuaciones"...[/b] |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 09 2009, 16:12 | |
| ....Hago una corrección de mi mensaje anterior:...quise decir que asi lo determina el Acta N° 136 y en lo pertinente la Resolución N° 15/96.. Gracias.- |
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mavesa Gran Usuario
Mensajes : 1107
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Miér Abr 22 2009, 09:58 | |
| - LOKIRON escribió:
- Colegas, ahora que ya sé de que se trata la dichosa Resolucion N° 15/96, les pregunto, como puede ser que un Poder Gral. ante escribano no resulte ser un instrumento idoneo para tal representación?..y siguiendo con los lineamientos de la mentada Acta 136, en conclusión lo que me quedaría en este caso es hacer la Carta Poder y mi cliente (de 86 años de edad) va tener que viajar hasta el Juz. Federal más cercano (140 km.) para poder firmar ante el Juzgado Federal, toda vez que el expediente ya se halla iniciado...Porque asi lo determina el Acta 136 y en lo pertinente la Resol. 136!!!...ME CORRIJEN SI ESTOY EQUIVOCADA, POR FAVOR!!
...eso dice la Resolución: [b]"...En los casos en que el expediente ya esté radicado, mediante carta poder otorgada ante el Secretario de Juzgado en lo contencioso Administrativo Federal, del Juzgado Federal del interior del país, o de la Sala de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en que tramiten las actuaciones"...[/b] Si lamentablemente tendra que ir al Juzgado Federal de la SS mas cercano. Saludos |
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LOKIRON Meritorio
Mensajes : 11
| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS Jue Abr 23 2009, 08:48 | |
| Muchas gracias "mavesa", de todos modos les comento lo que hice: hice un escrito donde este señor comparecía por derecho propio y ratificaba todo lo actuado por mi hasta ese momento;mas adelante veré que hago. Muchas gracias de todos modos!. |
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| Tema: Re: RESOLUCION Nº 15 DE CFSS | |
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