Estimados Colegas, les comento que tenia que presentar una pension por fallecimiento. El fallecido reunia las condiciones de aportante irregular, pero en el SICAM tenia periodos con deuda por aportes de monotributo.
Para dejar en cero el detalle de deuda y siempre respetando el PUC aplique el cese ficto ley 25321. Al momento de concurrir al turno me lo hacen modificar y aplicar la ley 24241 y el decreto 526/95.
Por tal motivo me surgio la duda y queria pedir si me pueden confirmar en que casos es conveniente invocar el decreto antes mencionado y cuando el cese ficto.
Desde ya muchas gracias.
Saludos
Héctor Berberich