Hola, buen año!
Yo inicio vencido los 120 días la ejecución porque por más que paguen antes de que embargues la cuenta de la anses te regulan honorarios que deberá pagar Anses..... que si bien tardan en pagarte, siempre es un plus que en su momento sirve.- Y como viene la mano, si embargas cobra seguro el beneficiario, a lo sumo te puede pasar que no actualicen el haber y tengas que ejecutar la no actualización pero, entretanto cobras tus honorarios del reajuste y vas haciendo "un ahorro" con lo de la ejecución. Suerte!!