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Autor | Mensaje |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Miér Mar 31 2010, 23:32 | |
| Recién abrió y la guardé en mi archivo personal de SDM. No hubo inconveniente alguno. |
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MARIMO Moderador
Mensajes : 7482
| Tema: Re: Servicio Domestico Miér Mar 31 2010, 23:34 | |
| - graciela portugal escribió:
- si, no abre
Gra: Abre bien. Acabo de verificarlo. |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Miér Mar 31 2010, 23:53 | |
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Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:02 | |
| A todos, el titulo esta medio raro en las circulares 2010 - tiene unos % %% %%, es lo que permitio ese archivo PDF, busquenla no hay mucho de 2010 si no no podiamos subirla, veremos de titular bien. Lean tranquilos y despues cambiamos ideas. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
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mandy Gran Usuario
Mensajes : 1472
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:08 | |
| hola Gaturro: quedese tranquilo que se lee bien y se puede hallar, solo hay que observar entre esos%%%% que Ud dice se ve clarito " 16 10 " - gracias - y sugiero bajarla en vez de solo verla , para que se lea en su amplitud Mandy |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:33 | |
| Como primera opinión respecto a la Circular 16/10 es bastante contradictoria en relación a las pruebas que deben presentar los trabajadores independientes de sdm. Las pruebas que se piden es mas bien para los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Dec 326/56 aun cuando mencionen que algunos no son esenciales. La Res 524/08 en materia de SDM comprendidos por la ley 25239 exige como prueba solamente que los pagos aparezcan en el Sipa. Y con ello debería bastar para acreditar los servicios. |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:39 | |
| Exactamente, hay que puntualizar la independencia de los mismos, su inclusión como trabajadores autónomos. Cómo se puede lograr esto? Es el quid de la cuestión. Yo he declarado los aportes publicados en el Sipa como autónomos. Así prosperaban los trámites hasta ahora. Pero a partir del lunes 05/04 no serán más autónomos? En base a qué normativa? El antecedente es la eliminación de la moratoria para las pensionadas. Es decir, la normativa se cambia de un plumazo! Esto es la inseguridad jurídica que me hace flaquear. |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:50 | |
| Trabajador independiente: Para mi sería esto - Se rige por la Ley 25239 Art 21 y ley 26.063 - No están comprendidos dentro del Decreto 326/56 - no reportan un beneficio al dador de trabajo - Trabajan más de 6 horas y menos de 16 horas Pruebas para acreditar su condición: - Pagos que aparezcan en sipa - formularios 102 y 575 que acreditan pagos |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 00:57 | |
| - Advocatus escribió:
- Trabajador independiente:
Para mi sería esto - Se rige por la Ley 25239 Art 21 y ley 26.063 - No están comprendidos dentro del Decreto 326/56 - no reportan un beneficio al dador de trabajo - Trabajan más de 6 horas y menos de 16 horas Pruebas para acreditar su condición: - Pagos que aparezcan en sipa - formularios 102 y 575 que acreditan pagos Acá está como bien pone Advocatus, el meollo. Esta va a ser nuestra fundamentación. Correcto! No son rrdd. Son AUTONOMOS, y perdón por las mayúsculas. Pero se lo merecen. No trabajan bajo patrón, ni empleador. Son independientes, hoy hacen dos horas acá, mañana tres en otro lado. No pueden estar incluidos en esta normativa a implementarse el 05/04/10. De ninguna manera, no les pueden hacer la verificación. He tenido clientas que ni se acuerdan dónde o para quién han trabajado, porque es una especie de trabajo zafrero, van a donde pueden conseguir algo para limpiar, o planchar, etc. |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 01:11 | |
| Otro dato importante es el tema de los aportes que se piden los formularios 102 y 575 con los datos del dador de trabajo. Pero se olvidaron de leer la ley 25.239 que dice esto: [b]Artículo 7º — El trabajador definido en el artículo 1º y sin que revista carácter obligatorio, podrá ingresar el aporte mensual que determine, con destino al Régimen de Capitalización o al Régimen de Reparto del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, el que no podrá ser inferior a Pesos treinta y tres ($ 33).
O sea que el trabajador independiente puede presentar tranquilamente los 102 sin necesidad de dar el nombre del dador de trabajo porque lo que esta haciendo son aportes voluntarios. |
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lua2279 Colaboradores
Mensajes : 710 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 01:48 | |
| Advocatus muy buena tu apreciacion, estaba leyendo y tenes razon en todo lo que pusiste. Ahora bien, vamos a ver como reaccionan las distintas Udais a esto, convengamos que en Anses no existe piramide juridica y una circular puede modificar una ley. Creo que tenemos que tranquilizarnos todos y ver como se desarrolla todo, sinceramente pense que iba a ser mucho peor. Antes de esta circular he tenido que presentar ademas de todo esto testigos para acreditar el SDM. Al parecer no modifica mucho, pero hay que esperar, como dije, la interpretacion que cada Udai haga de la circular. Saludos Laura |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 08:25 | |
| Hay que presentar bajo insistencia el trámite, para el caso de que no quieran recibirlos y de seguro que unos cuántos reclamos llegarán a la CARSS. |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 08:36 | |
| - Advocatus escribió:
- Otro dato importante es el tema de los aportes que se piden los formularios 102 y 575 con los datos del dador de trabajo.
Pero se olvidaron de leer la ley 25.239 que dice esto: [b]Artículo 7º — El trabajador definido en el artículo 1º y sin que revista carácter obligatorio, podrá ingresar el aporte mensual que determine, con destino al Régimen de Capitalización o al Régimen de Reparto del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, el que no podrá ser inferior a Pesos treinta y tres ($ 33).
O sea que el trabajador independiente puede presentar tranquilamente los 102 sin necesidad de dar el nombre del dador de trabajo porque lo que esta haciendo son aportes voluntarios. Y si hace estos pagos tiene derecho a la Jubilación Ordinaria. |
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EDUARDO SUAREZ Meritorio
Mensajes : 82
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 08:54 | |
| Creo que va a quedar dentro de la arbitrariedad de cada UDAI , porque es un texto confuso, a menos que bajen una aclaratoria interna. |
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Advocatus Auxiliar
Mensajes : 140 Empleo /Ocio : Abogado
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 09:00 | |
| Y puede ser porque el texto de la circular 16/10 es un mamarracho jurídico como lo fue en su momento la circular 53/08 y tuvieron que sacar una aclaratoria, sembrando más confusión hasta que alguien se puso a estudiar la normativa y elaboro la circular 57/08. |
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EDUARDO SUAREZ Meritorio
Mensajes : 82
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 09:09 | |
| En realidad se por gente de arriba que hace un mes se iba a ampliar la moratoria hasta el 2008. Se dieron cuenta que no podían por la guita y sacaron esta porqueria para frenar todo y a los apurones. Lo que me parece que va a salir es la anticipada en poco tiempo que involucra a muchisima menos gente pero va a tener un efecto positivo en el electorado. |
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soberol Auxiliar
Mensajes : 157 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 10:55 | |
| Hola foristas. Lo que a mi no me queda clara a parte del contenido que resulta un tanto controvertido, es porque tiene fecha 5 de abril si supuestamente ha sido dictada en el mes de marzo y el 5 en realidad sería la fecha en que empezaría a aplicarse o no? |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:05 | |
| Si, creo que hay que plantear como dice Advocatus la base jurídica de la leuy 25239 , porque es totalmente incostitucional esta circular. |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:11 | |
| - soberol escribió:
- Hola foristas. Lo que a mi no me queda clara a parte del contenido que resulta un tanto controvertido, es porque tiene fecha 5 de abril si supuestamente ha sido dictada en el mes de marzo y el 5 en realidad sería la fecha en que empezaría a aplicarse o no?
Si salio ayer, y ayer la tubimos. De aplicacion a partir del lunes 05 - es decir conseguimos la circular nosotras antes quizas que los lean todas la udais.. la mayoria de los inicadores van a ir el lunes, y le van a anoticiar de esta circular e indicar como proceder desde ese dia, imaginate...cada uno aplicara segun paresometro, y a rechazarte el turno si no cumplis los q se interprete...es es el panorama nada claro, y segurmanete sera disimil segun cada udai como la interprete...hasta que se unifiquen criterios, lo cual como sabemos es uan utopia, a pilotearla. Yo esperaria al martes para ver que criterio toma la udai que te toca en turno, si tubieras el caso. |
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paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:15 | |
| Recien acabo de leer la circular, alquien puede explicarme este mamarracho jurídico???... estoy harta de esta inseguridad jurídica!!!... encima vayan a saber qué interpreta cada Udai.... ppor Dios!!!! |
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graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:17 | |
| Guindu, yo tengo un turno el lunes y otro el martes, y estoy pensando no ir y esperar a que se aclare el panorama. |
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RAFAELA Gran Usuario
Mensajes : 335 Empleo /Ocio : ademas...cantante de tango
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:33 | |
| - graciela portugal escribió:
- Guindu, yo tengo un turno el lunes y otro el martes, y estoy pensando no ir y esperar a que se aclare el panorama.
Buen día gente...creo que una opcion interesante sería conseguir los dictamenes de la gaj que menciona la circular en la hoja nº3. Seguramente nos aclaren el panorama. Solo tengo el 39057, debieramos conseguir el 44469, 39283, 39641 y 39796. Si alguien tiene acceso sería oportuno los suba al foro. Saludos Rafaela |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:51 | |
| - graciela portugal escribió:
- Guindu, yo tengo un turno el lunes y otro el martes, y estoy pensando no ir y esperar a que se aclare el panorama.
MMM, no se fijate si vos sos abogada gestora q perdes llendo?, si ni ellos saben q van a pedir, creo q deberias ir a indagar para justamente ver q dicen...por supuesto no va a estar claro, seguramnte tendras q declarar dador de trabajo en el anexo I aunque sean independientes.... Es un bajon ir a q te rechazen, pero seria para q te indiquen como presentar el proximo turno, ya q dice returnar sino andá sin q te pongan presnete y rechazado , sino ausente, pero preguntale q van a pedir, o cuando sabran como las van a tomar para tus casos en particular...no se es una opinion....suerte! |
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Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 11:54 | |
| Buen día gente...creo que una opcion interesante sería conseguir los dictamenes de la gaj que menciona la circular en la hoja nº3. Seguramente nos aclaren el panorama. Solo tengo el 39057, debieramos conseguir el 44469, 39283, 39641 y 39796. Si alguien tiene acceso sería oportuno los suba al foro. Saludos Rafaela[/quote]
por supuesto , los que tiene algunos programas con todos las resoluciones o accesp a ellas, seria de mucha utilidad para estudiar mejor el tema. |
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RAFAELA Gran Usuario
Mensajes : 335 Empleo /Ocio : ademas...cantante de tango
| Tema: Re: Servicio Domestico Jue Abr 01 2010, 12:11 | |
| - Guindu25 escribió:
- Buen día gente...creo que una opcion interesante sería conseguir los dictamenes de la gaj que menciona la circular en la hoja nº3. Seguramente nos aclaren el panorama. Solo tengo el 39057, debieramos conseguir el 44469, 39283, 39641 y 39796.
Si alguien tiene acceso sería oportuno los suba al foro. Saludos Rafaela por supuesto , los que tiene algunos programas con todos las resoluciones o accesp a ellas, seria de mucha utilidad para estudiar mejor el tema.[/quote] Yo voy a intentar en mi udai, tengo relacion con el abogado del area legal. Ya le he pedido algunas cosas y accedio...veremos esta vez. Saludos Rafaela |
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| Tema: Re: Servicio Domestico | |
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