Hola, por jurisprudencia, todo se remonta a la fecha de la separación. Por ej. si se probara que tuvo a ese concubino o hijos en ese momento. Sería muy injusto que fuera al momento del deceso, ya que cada uno ha hecho su vida. No tenés que probar que el difunto no tenía culpa sino que la cónyuge tenía culpabilidad. Pesa sobre quien quiera desvirturar la concurrencia probar esos extremos.
Saludos.