|
| Pension 18038 y moratoria 592/79 | |
| | Autor | Mensaje |
---|
AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 15:23 | |
| Estimados amigos, estoy armando una pensión por ley 18038. El causante muere en marzo de 1992, tiene aportes autónomos desde el 7/79 al 6/87. Además está adherido a la moratoria 592/79 de la que pagó el anticipo, según consta en el sicam. Ahora bien, cuando realizo la liquidación a fin de dejar el mes de fallecimiento para pagarlo con los intereses a la fecha, y prescribiendo desde el 7/87 al 2/92 me da deuda 0. Aclaro que NO OPTE POR LA 592/79. Hice la prueba dejando el año anterior al fallecimiento tal como exige ANSES y también me da 0. Nunca me ha pasado algo así, es por eso que les pregunto que corresponde hacer o si estoy haciendo algo mal. Entiendo que al no optar por la 592/79 los pagos se reacomodan pero esto puede hacerse asi??? Gracias por la ayuda y la orientación |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 15:46 | |
| Me parece que estas haciendo bien, no optando, ese pago se aplica a la primer deuda o sea el mes de fallecimiento que cargas en la revista. Lo que me parece raro que ese anticipo pueda llegar a saldar 12 meses en la prueba, a menos que haya optado por un plan 592 de pocas cuotas y alcance, un misterio.... _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 16:02 | |
| - Gaturro escribió:
- Me parece que estas haciendo bien, no optando, ese pago se aplica a la primer deuda o sea el mes de fallecimiento que cargas en la revista.
Lo que me parece raro que ese anticipo pueda llegar a saldar 12 meses en la prueba, a menos que haya optado por un plan 592 de pocas cuotas y alcance, un misterio.... Gracias Gat por responder!!! Para mi también es un misterio, pero .... en caso que esté todo bien, que alcance para 12 meses, (se alinearon los planetas jajaj) que hago para presentar el tramite en ANSES??? Otra aclaración, la categoria es 907, y la respeté a rajatabla! Gracias por la ayuda de siempre! |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 19:04 | |
| Yo lo exploraria mas a ese descubrimiento Si queres hacerle el gustito a la Anses para no ir a la Carss recorda que son los 12 meses anteriores al mes del fallecimiento, si le queres hacer el gustito a la Carss deja pago el mes del deceso tambien ya estarias en 13 meses, estas bien para una y la otra; en tren de prueba y error seguiria agregando meses a la revista hasta quebrar ese anticipo que vos decis que es una cuota sola a ver cuanto soporta, total despues lo borras. La 907 es una actividad dentro de estas categorias, que te dice el PHA ?: 2.1. Propietarios autos alquiler, transportistas de carga. Sin personal o con hasta 3 trabajadores ocupados B' De 4 a 6 trabajadores ocupados C' De 7 a 10 trabajadores ocupados D' Más de 10 trabajadores ocupados E' En tren de especulaciones fijate que si el Sr, era flotillero puede haber estado en en alguna CAT de esta altas. Ojo que no podes liquidar por 24476.- Tenenos al tanto de como sigue.- _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 19:54 | |
| - Gaturro escribió:
- Yo lo exploraria mas a ese descubrimiento
Si queres hacerle el gustito a la Anses para no ir a la Carss recorda que son los 12 meses anteriores al mes del fallecimiento, si le queres hacer el gustitio a la Carss deja pago el mes del deceso tambien ya estarias en 13 meses, estas bien para una y la otra; en tren de prueba y error seguiria agregando meses a la revista hasta quebrar ese anticipo que vos decis que es una cuota sola a ver cuanto soporta, total despues lo borras. La 907 es una actividad dentro de estas categorias, que te dice el PHA ?:
2.1. Propietarios autos alquiler, transportistas de carga.
Sin personal o con hasta 3 trabajadores ocupados B' De 4 a 6 trabajadores ocupados C' De 7 a 10 trabajadores ocupados D' Más de 10 trabajadores ocupados E' En tren de especulaciones fijate que si el Sr, era flotillero puede haber estado en en alguna CAT de esta altas. Ojo que no podes liquidar por 24476.- Tenenos al tanto de como sigue.-
Querido Gat, el Padrón me dice que es Caja I código de actividad 907, ultima categoria en el 86: B. Yo liquidé por 18038, cuando puse el codigo de actividad 907 en sicam, me preguntó cuantos trabajadores ocupados, puse 0. Te comento que liquidé incluyendo el mes de fallecimiento y 15 meses mas para atrás, y me sigue dando 0!!! Ergo amigo----- que hago? Saludos |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 20:32 | |
| Ja ja, es de no creer Si es B´ (B prima) mayor aporte, revisa la afiliacion y el PHA o algo que tenga en cuanto a su inscripcion, alguna cupon de la moratoria impago o algun estado de cuenta que le hayan remitido, encima es diferencial Caja I es independientes (autonomos) Que se haya transformado hasta llegar a B (o B prima) y justo en el 86 es normal es la licuacion que le hicieron a los autonomos. Si le pusiste trabajadores ocupados 0 y no te rechazo, es raro, yo pondria 1 ( el mismo ); hace la pruebita con 1 para ver si sigue quedando bien.- Es tan generoso este Sicam Ley vieja que me da miedo Si pasa esta prueba, andaria doble proposito, Anses y/o Carss, yo arrancaria por Anses... _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 20:52 | |
| - Gaturro escribió:
- Ja ja, es de no creer
Si es B´ (B prima) mayor aporte, revisa la afiliacion y el PHA o algo que tenga en cuanto a su inscripcion, alguna cupon de la moratoria impago o algun estado de cuenta que le hayan remitido, encima es diferencial Caja I es independientes (autonomos) Que se haya transformado hasta llegar a B (o B prima) y justo en el 86 es normal es la licuacion que le hicieron a los autonomos. Si le pusiste trabajadores ocupados 0 y no te rechazo, es raro, yo pondria 1 ( el mismo ); hace la pruebita con 1 para ver si sigue quedando bien.- Es tan generoso este Sicam Ley vieja que me da miedo Si pasa esta prueba, andaria doble proposito, Anses y/o Carss, yo arrancaria por Anses... A ver si entendí estimado, liquido nuevamente, dejo todo igual, y en el codigo de actividad agrego 1 empleado. Otra cosa, mirando el sicam me toma catg E hasta el 80 luego como lo explicas, lo licua, y queda en B. Dice ademas que pago un anticipo de 8 y que adeuda 56 meses (esto en la 592/79) Ya no puedo liquidar hoy, vere mañana, y haré lo siguiente a ver que te parece: pondré desde 7/79 hasta 3/92 cod actividad 907, trabajadores 1, no acepto la 592/79 y no aplico prescripción alguna. Si da 0, saco turno, presento el detalle de deuda, los 558 la situación de revista, y veo que me depara el destino jajajaja que te parece? Si todo sale bien jaja |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Oct 22 2011, 21:06 | |
| Si si, hacele la prueba del personal poniendo 1 Si fueron 8 cuotas de moratoria y encima diferencial (aportan mas para jubilarse antes) hay para gastar, respeta la categoria y la actividad a ver que pasa. Si te da bien, turno _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Lun Oct 24 2011, 17:32 | |
| - Gaturro escribió:
- Si si, hacele la prueba del personal poniendo 1
Si fueron 8 cuotas de moratoria y encima diferencial (aportan mas para jubilarse antes) hay para gastar, respeta la categoria y la actividad a ver que pasa. Si te da bien, turno HOLA GATTTTTT!!! Te cuento, liquidé con la prueba del personal 1. Del 7/79 al 3/92, y luego prescribí, desde el 1/86 al 5/87 y del 7/87 al 3/91 (el señor muere el 3/92) o sea, dejé 13 meses, (tiene pago hasta el 12/85 y el mes 6/87, no me adherí a la 592/79: RESULTADO................ CEROOOOOOOOOOO.!!!! Algo mas Gat; tengo obligación en la ley 18038 de respetar el PHA en lo que respecta a la 592/79? es decir yo no me adhiero, pero tengo obligación de hacerlo? Algunos dicen que si por ello te consulto. Entonces: pruebo mas meses hacia atrás? o saco turno y listo? espero tu consejo!! Saludossss |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Lun Oct 24 2011, 17:54 | |
| No estas obligada a adherir a 592, asi fue que esos 8 anticipos se volcaron a otras deudas, Esta para sacar turno, suerte _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Lun Oct 24 2011, 18:10 | |
| - Gaturro escribió:
- No estas obligada a adherir a 592, asi fue que esos 8 anticipos se volcaron a otras deudas,
Esta para sacar turno, suerte Sos un sol!!! ME alegraste el día, por las dudas hare un par de intentos mas agregando meses para sumar mas de trece, que te parece? Saludos! |
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Mar Oct 25 2011, 09:57 | |
| - Gaturro escribió:
- No estas obligada a adherir a 592, asi fue que esos 8 anticipos se volcaron a otras deudas,
Esta para sacar turno, suerte Querido Necesito que me ayudes con algo. En el PHA figura fecha de inicio: 04/75, fecha de afiliación 11/79 Caja I actividad 907. En pestaña pagos de SICAM me dice que su primer pago fue el 7/79. EN la UDAI me dicen que debo liquidar partiendo de la fecha de afiliación o del primer pago (es lo que hice siempre) pero tendría que iniciar la situación de revista desde el 7/79 o desde el 4/75? Pregunto porque algunos colegas me dicen que debo respetar la categoría, que no hace falta poner personal empleado, esto es 0,(yo había probado con un empleado y si dejo sin prescribir desde 6/89 al 3/92 me da 0 o sea mucho mas de 13 meses) Que seria lo mas apropiado y lo correcto=? Desde ya mil gracias como siempre |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Mar Oct 25 2011, 10:39 | |
| - AndreaL escribió:
- Gaturro escribió:
- No estas obligada a adherir a 592, asi fue que esos 8 anticipos se volcaron a otras deudas,
Esta para sacar turno, suerte Querido Necesito que me ayudes con algo. En el PHA figura fecha de inicio: 04/75, fecha de afiliación 11/79 Caja I actividad 907. En pestaña pagos de SICAM me dice que su primer pago fue el 7/79. EN la UDAI me dicen que debo liquidar partiendo de la fecha de afiliación o del primer pago (es lo que hice siempre) pero tendría que iniciar la situación de revista desde el 7/79 o desde el 4/75? Pregunto porque algunos colegas me dicen que debo respetar la categoría, que no hace falta poner personal empleado, esto es 0,(yo había probado con un empleado y si dejo sin prescribir desde 6/89 al 3/92 me da 0 o sea mucho mas de 13 meses) Que seria lo mas apropiado y lo correcto=? Desde ya mil gracias como siempre 4-75 es declaracion de parte 11-79 es inscripcion formal 7-79 es su primer pago reflejado yo arrancaria de alli, Que pongas 1 no significa que hay un dependiente, significa que es el mismo, el titular de la cuenta autonoma, tu cliente, si con 0 te lo toma, adelante.... El criterio Anses es este: PENSIONES 18038 Respecto de los casos con Ley 18038/80 que se presentaren los derechohabientes a solicitar pensión directa por fallecimiento, deberá estarse al Instructivo PREV. 11-37, punto IV “Sujetos comprendidos - último párrafo” en el que se establece que no es de aplicación la Ley 24476. Algunas situaciones a tener en cuenta: 1) Si se constata que el mes anterior al fallecimiento del causante se encuentra abonado por éste, debe buscarse en su historia laboral 11 meses más abonados para completar al año. De cumplirse dar derecho al beneficio 2) Si tiene pago el mes inmediato anterior al fallecimiento pero no se localizan los 11 meses pagos en su historia laboral, la derechohabiente debe abonar contado efectivo el año inmediato anterior al fallecimiento del causante. 3) Si el causante no abonó el mes inmediato anterior a su fallecimiento aunque se constate el pago de 11 meses en su historia laboral, por no haber pagado el causante en vida ese mes, la derechohabiente debe abonar el año anterior a su fallecimiento. 4) Si el causante no abonó el mes inmediato anterior a su fallecimiento y no se constata el pago de 11 meses en su historia laboral, la derechohabiente debe abonar el año anterior a su fallecimiento. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Sáb Nov 19 2011, 18:28 | |
| Hola estimados colegas! Les cuento que realice nuevamente consulta en la udai respecto a la fecha en la que debo iniciar el SICAM EN ESTE CASO DE PENSION, la Jefa de inicio me dijo que respete el PHA y que le de inicio al SICAM el 4/75 que es la fecha de inicio de actividad aunque el primer pago en la pestaña de pagos aparece en 7/79. Ahora bien, el causante tiene aportes desde 7/79 al 12/85 luego un mes el 6/87. Realicé la situación de revista así: 4/75 al 3/92 (este ultimo mes de fallecimiento) categ 907 aplique prescripción en los períodos impagos: 4/75 al 6/79 y 1/86 al 5/87. Dejé el 6/87 y luego prescribí del 7/87 al 6/89. Desde el 7/89 al 3/92 la deuda da 0. La iniciadora me dijo que ellos controlan que este pago el mes anterior al fallecimiento de no ser asi, 11 meses hacia atrás. Me dijo que si da deuda cero lo toman como pagado, por lo que cumpliría en este caso las exigencias de ANSES. Como lo ven? Espero sus consejos y sugerencias. De antemano inifinitas gracias |
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| | | | dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Miér Nov 23 2011, 19:03 | |
| Si la cantidad de tiempo liquidado supera los 12 meses como ridículamente dispone la normativa, en la UDAI sale sin problemas.- Nadie puede cuestionar el saldo de la deuda ni los meses que cubre lo oportunamente pagado.-
Si fueras sólo por el mes del fallecimiento, no es el caso, entonces la UDAI lo deniega y va por Revisión a la CARSS para su acuerdo.- |
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| | | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Mar Feb 07 2012, 22:42 | |
| - Gaturro escribió:
- Ja ja, es de no creer
Si es B´ (B prima) mayor aporte, revisa la afiliacion y el PHA o algo que tenga en cuanto a su inscripcion, alguna cupon de la moratoria impago o algun estado de cuenta que le hayan remitido, encima es diferencial Caja I es independientes (autonomos) Que se haya transformado hasta llegar a B (o B prima) y justo en el 86 es normal es la licuacion que le hicieron a los autonomos. Si le pusiste trabajadores ocupados 0 y no te rechazo, es raro, yo pondria 1 ( el mismo ); hace la pruebita con 1 para ver si sigue quedando bien.- Es tan generoso este Sicam Ley vieja que me da miedo Si pasa esta prueba, andaria doble proposito, Anses y/o Carss, yo arrancaria por Anses... Hola a todos estimados Colegas retomo este post para contarles que en el día de la fecha fue acordada la pensión ley 18038, con sicam en 0, (el detalle esta en este post) . Quiero compartir con Uds esta alegría y agradecer especialmente a Gaturro por su ayuda y consejo. Querido Gat! Se alinearon los planetas y el sicam fue mas que generoso !!! GRACIAS |
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Mar Feb 07 2012, 23:00 | |
| Me alegra tu alegria, la comparto, probaste y ganaste !!!! bien hecho, de los cobardes no se hace historia. Que lindo tema. Gracias por comentar el resultado.- Besos para vos, tu clienta y al generoso Sicam _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 Vie Feb 17 2012, 17:30 | |
| - Gaturro escribió:
- Me alegra tu alegria, la comparto, probaste y ganaste !!!! bien hecho, de los cobardes no se hace historia.
Que lindo tema. Gracias por comentar el resultado.- Besos para vos, tu clienta y al generoso Sicam Hola Gat, perdón por no responder antes, es que recién vuelvo al ruedo después de un descanso reparador jajajajaj. Quiero agradecer tus palabras, nuevamente tu predisposición y ayuda, y decirte que ya está la fecha de cobro, así que le di una gran alegría a mi cliente que necesitaba realmente esto. Saludos!!! |
| | | AndreaL Auxiliar
Mensajes : 233 Empleo /Ocio : Abogada
| | | | Contenido patrocinado
| Tema: Re: Pension 18038 y moratoria 592/79 | |
| |
| | | | Pension 18038 y moratoria 592/79 | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| Beneficios para Miembros | Ya tenemos la Nueva Biblioteca, debe estar registrado para acceder a la misma! |
Biblioteca | Si desea acceder a nuestra Biblioteca donde encontrara Leyes, Resoluciones, Circulares, Planillas de Calculo, otras informaciones y utilidades, debera estar previamente registrado, es rapido, sencillo y gratuito, los invitamos a unirse a traves del siguiente link |
|