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| Que pasa si falla la verificacion ? | |
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+17bogalitoral MARIAALEX celeste.955 walter_cba marianelapagola clara dominique heman graciela portugal Mariana gloria Guindu25 Tere MARIMO periquita fede66 Gaturro 21 participantes | |
Autor | Mensaje |
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gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:10 | |
| En el peor de los casos, se perdería solo la parte aportada digamos por el dador de trabajo. Si este es reconocido como inexistente o vidrioso como dice , colapsaría esa parte del aporte. Pero la parte correspondiente a la solicitante del beneficio previsional es inenajeble, personalísimo, fuera de toda discusión. Se volvería en el intento siguiente con otro dador. Supongamos que el primero no resulta con verificación positiva, p.ej. porque ha fallecido en el interín, no hay convivientes, ni vecinos próximos que aseveren lo dicho por vivir en un paraje solitario. ( Es una suposición in extremis ). Se cierran los caminos para esta persona?? No se podrá jubilar nunca más en su vida?? Tiene que esperar a tener una edad avanzada para que con la moratoria 24476 le alcancen sus prerrogativas?? Pienso que debe tener otra oportunidad de presentar otro dador, y siguiendo con el ejemplo, donde cumplía otras dos o tres horitas semanales en el mismo período. |
| | | Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:16 | |
| Gloria y Gato lo de otro dador esta bien pensado para gente pensanste como vosotros pero al anses rechaza porque se le canta al verificador ...al menos en mi caso...y seguro que lo de tantos mas , si era gestor de anses el dador se los rechazan...es decir que un abogado gestor no podria tener personal domestico porque es sospechozo...jajja ...asi que presentar otro uh peor! |
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:20 | |
| - gloria escribió:
- En el peor de los casos, se perdería solo la parte aportada digamos por el dador de trabajo. Si este es reconocido como inexistente o vidrioso como dice , colapsaría esa parte del aporte.
Pero la parte correspondiente a la solicitante del beneficio previsional es inenajeble, personalísimo, fuera de toda discusión. Se volvería en el intento siguiente con otro dador. Supongamos que el primero no resulta con verificación positiva, p.ej. porque ha fallecido en el interín, no hay convivientes, ni vecinos próximos que aseveren lo dicho por vivir en un paraje solitario. ( Es una suposición in extremis ). Se cierran los caminos para esta persona?? No se podrá jubilar nunca más en su vida?? Tiene que esperar a tener una edad avanzada para que con la moratoria 24476 le alcancen sus prerrogativas?? Pienso que debe tener otra oportunidad de presentar otro dador, y siguiendo con el ejemplo, donde cumplía otras dos o tres horitas semanales en el mismo período.
muy buena opcion gloria!! podemos alegar que tenia dos dadores de trabajo en el cual otras 6 o7 horas con otro dador!! el cual tb decidio blanquear la relacion saludos |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:22 | |
| Guindu, es cierto que a muchos se les ocurrió presentarse como dadores, pero convengamos que si ellos lo deniegan por eso, se apelaría con un cúmulo de pruebas para que desistan de su posición. Y ahí sí que la verificación vecinal, fotos, serían harto suficientes para comprobar la veracidad de los hechos fácticos. Es totalmente distinto si esto no es veraz, sólo queda luchar por el reintegro en ese caso. Vos te presentaste como dadora en este caso??? Ya sabés fehacientemente el motivo de la denegación??
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| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:23 | |
| - fede66 escribió:
- gloria escribió:
- En el peor de los casos, se perdería solo la parte aportada digamos por el dador de trabajo. Si este es reconocido como inexistente o vidrioso como dice , colapsaría esa parte del aporte.
Pero la parte correspondiente a la solicitante del beneficio previsional es inenajeble, personalísimo, fuera de toda discusión. Se volvería en el intento siguiente con otro dador. Supongamos que el primero no resulta con verificación positiva, p.ej. porque ha fallecido en el interín, no hay convivientes, ni vecinos próximos que aseveren lo dicho por vivir en un paraje solitario. ( Es una suposición in extremis ). Se cierran los caminos para esta persona?? No se podrá jubilar nunca más en su vida?? Tiene que esperar a tener una edad avanzada para que con la moratoria 24476 le alcancen sus prerrogativas?? Pienso que debe tener otra oportunidad de presentar otro dador, y siguiendo con el ejemplo, donde cumplía otras dos o tres horitas semanales en el mismo período.
muy buena opcion gloria!! podemos alegar que tenia dos dadores de trabajo en el cual otras 6 o7 horas con otro dador!! el cual tb decidio blanquear la relacion
saludos
Exacto Fede!! Es muy posible esto. Puede darse y no lo pueden cuestionar. |
| | | Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:28 | |
| - gloria escribió:
- Guindu, es cierto que a muchos se les ocurrió presentarse como dadores, pero convengamos que si ellos lo deniegan por eso, se apelaría con un cúmulo de pruebas para que desistan de su posición.
Y ahí sí que la verificación vecinal, fotos, serían harto suficientes para comprobar la veracidad de los hechos fácticos. Es totalmente distinto si esto no es veraz, sólo queda luchar por el reintegro en ese caso. Vos te presentaste como dadora en este caso??? Ya sabés fehacientemente el motivo de la denegación?? No una abogada gestora...mirá no quiero ir siquiera a notificarme todabía porque quiero evaluar antes las opciones... el tema de la devolución...si no sería mas daño para el jubilable.. cuando vaya además debería (intimar) pedir la devolución de los tickets de pago para pedir el reintegro en AFIP y tratar de hacerle otro beneficio al viejito q esta enfermo...
Última edición por Guindu25 el Vie Nov 05 2010, 17:46, editado 1 vez |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:32 | |
| - gloria escribió:
- fede66 escribió:
- gloria escribió:
- En el peor de los casos, se perdería solo la parte aportada digamos por el dador de trabajo. Si este es reconocido como inexistente o vidrioso como dice , colapsaría esa parte del aporte.
Pero la parte correspondiente a la solicitante del beneficio previsional es inenajeble, personalísimo, fuera de toda discusión. Se volvería en el intento siguiente con otro dador. Supongamos que el primero no resulta con verificación positiva, p.ej. porque ha fallecido en el interín, no hay convivientes, ni vecinos próximos que aseveren lo dicho por vivir en un paraje solitario. ( Es una suposición in extremis ). Se cierran los caminos para esta persona?? No se podrá jubilar nunca más en su vida?? Tiene que esperar a tener una edad avanzada para que con la moratoria 24476 le alcancen sus prerrogativas?? Pienso que debe tener otra oportunidad de presentar otro dador, y siguiendo con el ejemplo, donde cumplía otras dos o tres horitas semanales en el mismo período.
muy buena opcion gloria!! podemos alegar que tenia dos dadores de trabajo SI SE DIERA EL CASO DE QUE LO HUBIERA SERIA UNA EXCELENTE OPORTUNIDAD!! en el cual otras 6 o7 horas con otro dador!! el cual tb decidio blanquear la relacion
saludos
Exacto Fede!! Es muy posible esto. Puede darse y no lo pueden cuestionar. Pero Fede, te corrijo si me permitís! Es posible, que esta persona hubiera trabajado con otro dador, y digamos, por motivos circunstanciales, no lo hubiera ubicado en un primer momento. Ante el rechazo de su primera presentación, recurrirá a su otro dador, rogándole para que le pague los aportes rechazados y pendientes. |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:34 | |
| - Guindu25 escribió:
- gloria escribió:
- Guindu, es cierto que a muchos se les ocurrió presentarse como dadores, pero convengamos que si ellos lo deniegan por eso, se apelaría con un cúmulo de pruebas para que desistan de su posición.
Y ahí sí que la verificación vecinal, fotos, serían harto suficientes para comprobar la veracidad de los hechos fácticos. Es totalmente distinto si esto no es veraz, sólo queda luchar por el reintegro en ese caso. Vos te presentaste como dadora en este caso??? Ya sabés fehacientemente el motivo de la denegación?? No una abogada gestora...mirá no quiero ir siquiera a notificarme todabía porque quiero evaluar antes las opciones... el tema de la devolución...si no sería mas daño para el jubilable.. cuando vaya además debería (intimar) pedir la devolución de los tickets de pago para pedir el reintegro en AFIP y tratar de hacerle otro beneficio al viejito q esta enfermo...
Muy viejito??? No puede ser tan mayor si le hiciste SDM. Deberías ir a notificarte del motivo, así podríamos evaluar el caso sobre datos concretos y no sobre meras conjeturaciones. |
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:45 | |
| ahora pregunto??? de que depende jubilarse con sdm? de un sorteo?? vos te toca verificacion!, a mi no, !!al otro siii!! si tenes vecinos y te vieron trabajar te jubilas, si no te vieron trabajar entonces NO! si tenes o no vecinos, si se murio o no!! estamos hablando de seguridad social art 14 bis C N
y va a sorteo!! perece joda no???
saludos |
| | | Guindu25 Gran Usuario
Mensajes : 2935 Empleo /Ocio : Contadora
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:50 | |
| - gloria escribió:
- Guindu25 escribió:
- gloria escribió:
- Guindu, es cierto que a muchos se les ocurrió presentarse como dadores, pero convengamos que si ellos lo deniegan por eso, se apelaría con un cúmulo de pruebas para que desistan de su posición.
Y ahí sí que la verificación vecinal, fotos, serían harto suficientes para comprobar la veracidad de los hechos fácticos. Es totalmente distinto si esto no es veraz, sólo queda luchar por el reintegro en ese caso. Vos te presentaste como dadora en este caso??? Ya sabés fehacientemente el motivo de la denegación?? No una abogada gestora...mirá no quiero ir siquiera a notificarme todabía porque quiero evaluar antes las opciones... el tema de la devolución...si no sería mas daño para el jubilable.. cuando vaya además debería (intimar) pedir la devolución de los tickets de pago para pedir el reintegro en AFIP y tratar de hacerle otro beneficio al viejito q esta enfermo...
Muy viejito??? No puede ser tan mayor si le hiciste SDM. Deberías ir a notificarte del motivo, así podríamos evaluar el caso sobre datos concretos y no sobre meras conjeturaciones. si gloria...65 años...extranjero por eso tube q hacer sdm... y enfermo mas q decir viejito hecho percha...tenes razon, pero para notificarse debe ir el cliente y corren los plazos, por eso primero evalúo posibilidades....no está demás el posteo en general nos sirve a miles de foristas |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 17:53 | |
| - fede66 escribió:
- ahora pregunto??? de que depende jubilarse con sdm?
de un sorteo?? vos te toca verificacion!, a mi no, !!al otro siii!! si tenes vecinos y te vieron trabajar te jubilas, si no te vieron trabajar entonces NO! si tenes o no vecinos, si se murio o no!! Esto es cuestión de probatoria, no se puede discutir un derecho si no se puede fundamentar. estamos hablando de seguridad social art 14 bis C N Está en la parte de Declaraciones, Derechos y Garantías de la Constitución Nacional. Vos sabrás que esta parte de nuestra Carta Magna, queda sujeta a las leyes que reglamenten su ejercicio. Por lo tanto, sometido a toda la eclosión de normativa vigente en la materia, la mayoría de sus reglamentaciones dictadas por el organismo administrativo.
y va a sorteo!! perece joda no??? Esto es cuestión de factores circunstanciales de los que se vale dicho organismo para auditar, ellos crean los resortes necesarios al efecto. (En el derecho aduanero, utilizan el mismo artilugio.)
saludos |
| | | graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:08 | |
| - gloria escribió:
- fede66 escribió:
- ahora pregunto??? de que depende jubilarse con sdm?
de un sorteo?? vos te toca verificacion!, a mi no, !!al otro siii!! si tenes vecinos y te vieron trabajar te jubilas, si no te vieron trabajar entonces NO! si tenes o no vecinos, si se murio o no!! Esto es cuestión de probatoria, no se puede discutir un derecho si no se puede fundamentar. estamos hablando de seguridad social art 14 bis C N Está en la parte de Declaraciones, Derechos y Garantías de la Constitución Nacional. Vos sabrás que esta parte de nuestra Carta Magna, queda sujeta a las leyes que reglamenten su ejercicio. Por lo tanto, sometido a toda la eclosión de normativa vigente en la materia, la mayoría de sus reglamentaciones dictadas por el organismo administrativo.
y va a sorteo!! perece joda no??? Esto es cuestión de factores circunstanciales de los que se vale dicho organismo para auditar, ellos crean los resortes necesarios al efecto. (En el derecho aduanero, utilizan el mismo artilugio.)
saludos Yo creo que más que el art. 14 CN aquí cabe invocar el art. 16 : la igualdad de los iguales en iguales circunstancias. Por lo tanto como ya dije antes, el camino es la vía judicial, con la figura del enriquecimiento sin causa ya que habilitado el sistema para pagar el aporte a los fines jubilatorios , dejar luego a la deriva ese aporte por el solo hecho de que por el resultado de una verificación , que es la opinión o me jor dicho dictamen de una sola persona, se deniege un beneficio, implica desconocer la base legal que motiva el pago de esos aportes, que aún extemporáneos son válidos. de lo contrario, el sistema debería "no permitir" el pago fuera de término, lo que lleva a una contradicción o despropósito del sistema de percepción de tributos, aportes, etc. |
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:09 | |
| - gloria escribió:
- fede66 escribió:
- ahora pregunto??? de que depende jubilarse con sdm?
de un sorteo?? vos te toca verificacion!, a mi no, !!al otro siii!! si tenes vecinos y te vieron trabajar te jubilas, si no te vieron trabajar entonces NO! si tenes o no vecinos, si se murio o no!! Esto es cuestión de probatoria, no se puede discutir un derecho si no se puede fundamentar. estamos hablando de seguridad social art 14 bis C N Está en la parte de Declaraciones, Derechos y Garantías de la Constitución Nacional. Vos sabrás que esta parte de nuestra Carta Magna, queda sujeta a las leyes que reglamenten su ejercicio. Por lo tanto, sometido a toda la eclosión de normativa vigente en la materia, la mayoría de sus reglamentaciones dictadas por el organismo administrativo.
y va a sorteo!! perece joda no??? Esto es cuestión de factores circunstanciales de los que se vale dicho organismo para auditar, ellos crean los resortes necesarios al efecto. (En el derecho aduanero, utilizan el mismo artilugio.)
saludos estoy de acuerdo gloria!! a lo que yo voy es que una persona trabajo realmente pero por "x" motivo no lo pudieron probar y me deniegan la jubilacion y otro inventa un trabajo " sdm" y no va a verificar y le acuerdan el benefico!! y el derecho de igualdad? pregunto por que no soy abogado saludos |
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:10 | |
| graciela respondimos lo misno en el minmo momento
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| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:11 | |
| - Guindu25 escribió:
- gloria escribió:
- Guindu25 escribió:
- gloria escribió:
- Guindu, es cierto que a muchos se les ocurrió presentarse como dadores, pero convengamos que si ellos lo deniegan por eso, se apelaría con un cúmulo de pruebas para que desistan de su posición.
Y ahí sí que la verificación vecinal, fotos, serían harto suficientes para comprobar la veracidad de los hechos fácticos. Es totalmente distinto si esto no es veraz, sólo queda luchar por el reintegro en ese caso. Vos te presentaste como dadora en este caso??? Ya sabés fehacientemente el motivo de la denegación?? No una abogada gestora...mirá no quiero ir siquiera a notificarme todabía porque quiero evaluar antes las opciones... el tema de la devolución...si no sería mas daño para el jubilable.. cuando vaya además debería (intimar) pedir la devolución de los tickets de pago para pedir el reintegro en AFIP y tratar de hacerle otro beneficio al viejito q esta enfermo...
Muy viejito??? No puede ser tan mayor si le hiciste SDM. Deberías ir a notificarte del motivo, así podríamos evaluar el caso sobre datos concretos y no sobre meras conjeturaciones. si gloria...65 años...extranjero ]b]deduzco que entró aproximadamente en el '70. No le cabía la posibilidad de una RTI o una MV?[/b]por eso tube q hacer sdm... y enfermo mas q decir viejito hecho percha...tenes razon, pero para notificarse debe ir el cliente y corren los plazos, por eso primero evalúo posibilidades....no está demás el posteo en general nos sirve a miles de foristas Estoy de acuerdo, por eso estoy tratando de aportar mi humilde opinión. |
| | | graciela portugal Moderador
Mensajes : 1997 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:11 | |
| - fede66 escribió:
- graciela respondimos lo misno en el minmo momento
yes |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:17 | |
| Ahora sí se está poniendo intersante.
Igualdad ante la ley, art. 16 C.N. El derecho de los iguales, en iguales circunstancias.
Esto me gusta más que el 14, que es más ambiguo y general.
Apuntemos hacia él.
|
| | | Gaturro Moderador
Mensajes : 4586
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:23 | |
| Si Dador 1 ofrecia 9 horas semanales y es impugnado, queda vacio el lapso de dador, entonces la Sra., debera insistir con la patrona de la otra casa que no quiso saber nada de papeles ni de verificaciones para que sea su nueva dadora hasta un limite de 12 horas para mantener el valor obligatorio y la contribucion voluntaria ya pagada. El ticket no tiene Cuit/Cuil dador, la dacion es anonima al pago, solo se revela en el Anexo I.- Por eso, opino conveniente para no despertar la susceptibilidad del funcionario verificador, fijar en intento 1, 6 horas semanales y si falla, podemos agregar al Dador 2, con otras 6, asi estamos dentro de las 12 globales y sin reconocer hechos ni derechos emergentes de la Verificacion 1, solamente para acelerar el tramite brindamos un Dador complementario.- Con respecto al ultimo planteo de Guindu25, estan dentro de las susceptibilidades, el dador gestor o el dador reiterado en mas de un tramite. _________________ Si es particular, consulte al profesional; si recién se inicia, estudie o curse antes de tomar un caso o compártalo; si es profesional actue éticamente .-
|
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:25 | |
| - gloria escribió:
- Ahora sí se está poniendo intersante.
Igualdad ante la ley, art. 16 C.N. El derecho de los iguales, en iguales circunstancias.
Esto me gusta más que el 14, que es más ambiguo y general.
Apuntemos hacia él.
si se esta poniendo bastamte interesante!! yo hasta aca llego! ahora los dejo a " ustedes " los abogados! yo escucho las opiniones ojala salga algo positivo saludos |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 18:32 | |
| Mi Maestro, Germán Bidart Campos dice: La Seguridad Social se maneja con dos columnas vertebrales: el principio de integralidad,que tiende a asumir todas las contingencias sociales; y el principio de solidaridad,que tiende a hacer participar a todos en la financiación del sistema de prestaciones. En cuanto al derecho "a" la jubilación futura o derecho "en expectativa", está latente mientras el afiliado se encuentra en actividad; el "derecho adquirido" mediante el acto otorgante del beneficio. El beneficio concedido, tiene un "status" que su titular adquiere como jubilado o pensionado, y queda protegido por la gar. const. de la prop. inviolable. El "goce" del beneficio, se traduce en el cobro de una suma de dinero. Señala, asimismo, que este derecho tiene otra ascendencia constitucional reconocida en el Derecho de la Propiedad. También deberíamos apuntar hacia ese derecho como lo señalara , porque la Corte lo considera pilar fundamental. |
| | | gloria Moderador
Mensajes : 5223 Empleo /Ocio : abogada
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Vie Nov 05 2010, 19:04 | |
| Partiendo de la premisa de la existencia de un único ius punendi estatal, éste se manifiesta en dos expresiones básicas: la judicial penal –regulación delegada en el Congreso de la Nación según el art. 75 inc. 12 CN- y la sancionatoria de la Administración –materia reservada a las Provincias conforme los arts. 121 y 122 CN-. Se excluye al poder disciplinario de la Administración Pública como subespecie, siguiendo la teoría de René Goane.
En efecto, y como señala este autor, mediante la potestad sancionadora correctiva la Administración Pública reprime conductas de los administrados que implican una no colaboración con la función administrativa en miras a la prosperidad social. Es un complemento de la potestad imperativa o de mando a través de la cual la Administración ejecuta normas generales previas limitando la libertad de los individuos en miras al bien común. La potestad imperativa es el antecedente lógico jurídico de la potestad sancionatoria y su finalidad es idéntica: el buen orden de la cosa pública. Ambas son una participación del poder político que se impone unilateralmente sobre los miembros de la comunidad política y producen así efectos ejecutorios y directos sobre terceros o administrados prescindiendo de su consentimiento.
La potestad tributaria, según la doctrina tributarista, es la facultad de compeler al pago de la prestación requerida y manifiesta el poder de imperio dentro del marco de la ley. En virtud de ella, el Estado exige coactivamente a los ciudadanos su contribución para poder cumplir sus fines. Este fundamento ha sido igualmente sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Mientras la potestad sancionatoria tiende a la preservación del orden social limitando los derechos de los particulares y sancionando las infracciones a tales limitaciones, la potestad tributaria incide sobre el derecho de propiedad determinando obligaciones a los individuos para el sostenimiento del Estado y el cumplimiento de las funciones que le son propias.
Ambas potestades están sujetas al principio de legalidad y los actos administrativos derivados de su ejercicio gozan de presunción de legitimidad y ejecutoriedad. Sin embargo, la ejecutoriedad no opera del mismo modo porque el contenido de la actividad no es igual. En el ejercicio de la potestad tributaria, la Administración previamente facultada por la ley, emite actos administrativos por los que determina mediante ciertos procedimientos las obligaciones dinerarias a través de las cuales los particulares contribuyen al sostenimiento del Estado. Son recursos que se encuentran previstos en el presupuesto anual de recursos y gastos. Esta finalidad se manifiesta en el principio solve et repete, como ejecutoriedad típica de los actos administrativos de naturaleza tributaria. Ello lleva a señalar a Roberto Mordeglia, que el principio más que vincularse a la presunción de legitimidad y a la ejecutoriedad es una exigencia especial de los principios del derecho financiero o de las finanzas públicas por la vinculación entre los recursos del Estado y los gastos públicos, asegurando la percepción de las rentas destinadas a satisfacerlos para mantener el equilibrio presupuestario.
Les copié esto que me pareció puede ayudarnos, aquí se menciona uno de los principios del Derecho Administrativo/Tributario, el principio de solve et repete, que significa paga y reclama después.
Tenemos entonces, los principios de la Seguridad Social, art. 14 bis C.N.;+ la igualdad ante la ley, art. 16 C.N.; + el derecho de propiedad, art. 17 C.N.; + el principio de solve et repete del derecho administrativo.
No debemos olvidar, para tener en cuenta, que el organismo administrativo, al llevar a Verificación los trámites de SDM, pone en juego su Poder de Policía,.
Alguien más puede aportar??? |
| | | heman Gran Usuario
Mensajes : 488
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Lun Nov 08 2010, 20:46 | |
| El problema no es solamente el dador que generalmente dice que sí. El problemas son los vecinos a los que se les hace preguntas de de lo que no se puede acordar de ninguna manera; hechos del año 2000 , 2001 o 2002. imaginensen el que se jubila en el 2035, nadie se acordará de nada. Yo no se si mi vecino contrató a alguien para que le cortara el pasto la semana pasada. FRENTE A LA OBJETIVIDAD DE LOS REGISTROS SE OPTA POR EL CHISME. REALMENTE PENOSO Y ANTIJURÍDICO. En cuanto a la devolución del dinero no se hagan ilusiones porque el estado derecho en argentina nunca existió. Seguramente irá para comprar computadoras para los alumnos del secundario o algún otro curro. |
| | | dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Mar Nov 09 2010, 17:38 | |
| Lástima que no concurro ya al secundario... Desde 04/1993 por decreto 504/93 toda la recaudación está a cargo de la entonces DGI, hoy AFIP, así que ese destino no tendrá.- La figura del dador no reviste las consecuencias penales ni tributarias de los empleadores; claramente lo dice la Disp. 01/2010 y ss. normativas.- Los testigos: respecto de ese elemento probatorio sería coherente adoptar una postura objetiva, ello es que cuando nos conviene pretendemos que se transforme en la prueba por excelencia; cuando no, enarbolamos su insuficiencia palmaria.- Al respecto ha quedado perfectamente definido que su validez es tal cuando va respaldada por ppio. de prueba por esrito, o sea documental.- En el caso de los SDM la normativa hace una enumeración por suerte no taxativa de la prueba que se puede acompañar: Libreta, etccc......hasta legar a la testimonial como último recurso y dejando a salvo el mejor derecho del peticionante.- Es probable que un vecino desconozca datos (yo sería un testigo letal) tras lo cual el verificador recurrirá a otro.- Pero si los entrevistados dicen que el dador nunca ocupó a nadie para esas tareas, que sí trabajó cuidando a un enfermo, que el dador tiene un taller de costura que funciona en ese domicilio y siempre la sra. trabajó allí (cosiendo y no barriendo la vereda), o que sabe por ej. que son cuñados, etccccc....no hay manera de remontar la situación.- El resultado de la mentirita es aleatorio, nadie lo desconoce.- No parecería serio pretender reclamar lo invertido en demanda de una prestación inexistente, allí puede tomar un giro interesante el reclamo en contra de la pretensa beneficiaria |
| | | fede66 Gran Usuario
Mensajes : 857
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Mar Nov 09 2010, 18:00 | |
| - dominique escribió:
- Lástima que no concurro ya al secundario... Desde 04/1993 por decreto 504/93 toda la recaudación está a cargo de la entonces DGI, hoy AFIP, así que ese destino no tendrá.-
La figura del dador no reviste las consecuencias penales ni tributarias de los empleadores; claramente lo dice la Disp. 01/2010 y ss. normativas.-
Los testigos: respecto de ese elemento probatorio sería coherente adoptar una postura objetiva, ello es que cuando nos conviene pretendemos que se transforme en la prueba por excelencia; cuando no, enarbolamos su insuficiencia palmaria.- Al respecto ha quedado perfectamente definido que su validez es tal cuando va respaldada por ppio. de prueba por esrito, o sea documental.-
En el caso de los SDM la normativa hace una enumeración por suerte no taxativa de la prueba que se puede acompañar: Libreta, etccc......hasta legar a la testimonial como último recurso y dejando a salvo el mejor derecho del peticionante.-
Es probable que un vecino desconozca datos (yo sería un testigo letal) ?????tras lo cual el verificador recurrirá a otro.- Pero si los entrevistados dicen que el dador nunca ocupó a nadie para esas tareas, que sí trabajó cuidando a un enfermo, que el dador tiene un taller de costura que funciona en ese domicilio y siempre la sra. trabajó allí (cosiendo y no barriendo la vereda), o que sabe por ej. que son cuñados, etccccc....no hay manera de remontar la situación.-
El resultado de la mentirita???? es aleatorio nadie lo desconoce.- No parecería serio pretender reclamar lo invertido en demanda de una prestación inexistente, allí puede tomar un giro interesante el reclamo en contra de la pretensa beneficiaria
no se entiende lo que queres decir dominique?? |
| | | dominique Gran Usuario
Mensajes : 986
| Tema: Re: Que pasa si falla la verificacion ? Mar Nov 09 2010, 22:58 | |
| Qué parte o entendés? mirá que lo hice extenso para que resultara claro , lo coloreado? Corregime si no es eso por favor, a saber: (yo sería un testigo letal) no tengo idea de lo que ocurre en el entorno, estoy mucho tiempo fuera de mi casa y desconozco cómo pasa su vida los alrededores: no serviría, mi respuesta sería como los amorfos de las encuestas cuyo resultado es NS/NC.- Con otras dudas como éstas creo que te mando a pre escolar si fuera docente |
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