| Reajuste con sentencia Chocobar | |
|
|
Autor | Mensaje |
---|
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Reajuste con sentencia Chocobar Mar Sep 28 2010, 13:16 | |
| Hola!!... estoy leyendo un expediente administrativo, del cual tengo una sentencia de Cámara del año 1996, en donde le otorgan la movilidad a un Sr. jubilado por invalidez de ley 18037, utilizando el criterio Chocobar... ahora mi duda es que los jueces resuelven para el período a partir de 04/1995 en adelante "ordenar la determinación de la movilidad conforme las pautas fijadas en el considerando 48, es decir, de acuerdo a la evolución del A.M.P.O."... mi duda es, si la jubilación de este Sr. está conformada por un Haber mensual, no P.B.U. cómo la aplico? o puedo pedirle el reajuste a partir de ese período pidiéndole Badaro???... gracias |
|
| |
markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Mar Sep 28 2010, 19:20 | |
| - paulae escribió:
- Hola!!... estoy leyendo un expediente administrativo, del cual tengo una sentencia de Cámara del año 1996, en donde le otorgan la movilidad a un Sr. jubilado por invalidez de ley 18037, utilizando el criterio Chocobar... ahora mi duda es que los jueces resuelven para el período a partir de 04/1995 en adelante "ordenar la determinación de la movilidad conforme las pautas fijadas en el considerando 48, es decir, de acuerdo a la evolución del A.M.P.O."... mi duda es, si la jubilación de este Sr. está conformada por un Haber mensual, no P.B.U. cómo la aplico? o puedo pedirle el reajuste a partir de ese período pidiéndole Badaro???... gracias
A ver, vamos por parte. Primero, aplican chocobar 3.28 % desde 01/04/91 al 30/03/95 para el periodo de reajuste de haber y movilidad, segun sea el caso que corresponda. Despues NO DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 7 AP. 2 24463 para el periodo posterior al 30/03/95 por lo que la movilidad que establece el estado es consitucional. Ahora bien, SEA UNA 18037 O 24241 O CUALQUIER OTRA LEY, EL BADARO TIENE RELACION DIRECTA CON LA MOVILIDAD QUE DETERMINO LA CORTE PARA EL PERIODO 2002-2006. Es un unico caso y periodo que sirve para cualquier beneficiario. En tu caso concreto tengamos presente que HAY COSA JUZGADA CON RELACION AL RECALCULO DEL HABER INICIAL, ya no podras solicitar sanchez ni su extension al 30/03/95. LO UNICO QUE TE QUEDA ES TODA MOVILIDAD DESPUES DEL 01/01/02, ERGO, BADARO. Por cierto para hacer valer el derecho a la petición de la movilidad tenes que interpretar y manifestar lo que se determino en el caso CARUTTI. Recordemos que la corte siempre determina sentencias contemporaneos y para el caso de chocobar de la decada del 90, el alto tribunal NUNCA PUDO PREVER LO QUE OCURRIRIA A PARTIR DEL 2002. Es por ello que podes reclamar BADARO y toda movildad posterior. Los juzgados federal, al menos en capital, te van a solicitar copia certificada de la sentencia de camara donde resuelven la aplicación del chocobar, esto es a los fines de no caer en futuras nulidades. Saludos |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Miér Sep 29 2010, 16:32 | |
| Gracias por la respuesta!!!... por lo tanto sólo me queda la movilidad por Badaro, pero me va a tomar desde 01/01/2002 en adelante... lo que no entendía es cómo se aplicaba la movilidad en este caso teniendo en cuenta la variación del AMPO con un haber mensual?... |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Miér Sep 29 2010, 16:34 | |
| Perdón... pero en la sentencia de Cámara DECLARO LA INCONSTITUCIONALIDAD del Art. 7 Ley 24.463 ... ????? |
|
| |
markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Miér Sep 29 2010, 21:10 | |
| De que fecha es la sentencia de la Camara? Tendria que ser UNA SENTENCIA ANTERIOR AL 2006 pero relativamente reciente pero el inicio juicial en primera instancia fue a fines de los 90 o principio del 2000.
Las sentencias de camara de la decada del 90 NO DECLARABAN INCONST. del art 7 24463 y por ello consideraban la moviildad del ampo como variable de moviildad.
Fijate si hay sentencia de 1ra instancia ya que deberas acompañar al exte judicial las copias certificadas de TODAS LAS SENTENCIAS tanto la de 1ra. inst., camara y corte en caso que existan
No obstante ello, el Badaro queda a salvo por el periodo 2002-2006.
saludos |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 09:39 | |
| Markello: la fecha de la Sentencia de Cámara, es de 16/09/1998... |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 09:42 | |
| Disculpame, estoy pensando es voz alta, pedir la actualización del AMPO no corresponde no?
|
|
| |
markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 10:33 | |
| Si bien la ley 23928 no veda la posibilidad de movilidad, la camara no esta otorgando movilidades entre abril 95 y diciembre de 2001.
Entiendo que los programas de calculo de reajuste de haber se puede actualizar el AMPO pero lo importante es saber como justificar el reajuste en dicho periodo y que dice la justicia respecto por lo que podras manifestar sobre el particular, segun mi opinion, el AMPO TIENE RELEVANCIA PARA LA DETERMINACION DE LA PBU para la ley 24241 por su falta de actualizacion.
Saludos |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 16:06 | |
| Perfecto, pero si en este caso está condicionada la movilidad al AMPO, habría que intentar pedir la actualización, o no? |
|
| |
markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 16:44 | |
| si consideras viable la peticion de movildad para el periodo, podes plantearlo.
por mi lado, he abandonado la peticion de movilidad para el periodo posterior a abril de 1995 al 31-12-01 sobre todo para los beneficiarios de la 18037, el unico fundamento que utilizo es para los que obtuvieron el beneficio bajo la 24241 sobre la determinacion de la PBU (AMPO por 2.5) y porcentajes en excesos del art. 20 a y b 24241.
saludos |
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Jue Sep 30 2010, 16:47 | |
| Ok... gracias por tu respuesta tan clara!!! |
|
| |
markello Colaboradores
Mensajes : 725
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Mar Oct 19 2010, 06:17 | |
| Hay una nueva interpretacion respecto a los que cobraron chocobar y asi poder reajustarle el haber inicial por el caso sanchez descontando lo cobrado por chocobar.
Es una nueva interpretación de la Sala III, aunque ya hubo algun antecedente similar que no me convenicia.
En los autos PUCHETA DOMINGO ADOLFO, la sala resolvio limitar los alcances de la COSA JUZGADA y ordenó actualizar el haber mensual de un jubilado en función de un criterio más favorable que el utilizado en un fallo previo, dictado para la misma persona y por el mismo período.
Es asi que por fin entendieron que un beneficiario que NUNCA INICIO JUICIO Y LO INICIA AHORA, LE CORRESPONDE SANCHEZ pero otra que recurrio a la juzticia en la decada del 90 LE CORRESPONDE CHOCOBAR y por el alcance de la cosa juzgada no puede solicitarlo nuevamente aunque este ultimo criterio perjudique el poder adquisitivo del actor.
En la web hay mucho sobre PUCHETA a fin que tengan un acercamiento sobre el tema de volver a recalcular el haber sobre chocobar.
Tranquilos, a mi tambien me paso que NO solicite nuevo reajuste del basico, estoy en camara asi que no podre hacer nada mas que cobrar badaro.
Saludos |
|
| |
docta Colaboradores
Mensajes : 1410 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Mar Oct 19 2010, 13:04 | |
| paulae, te recomiendo que leas el libro de la CSJN analisis jurisprudencial de la movildad jubilatoria, que se encuentra en la biblioteca, allí te explica claramente lo que estás preguntando de la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo badaro, saludos _________________ Búscate un cura para salvar tu alma; más si quieres salvar tu cuerpo, búscate un abogado.
|
|
| |
paulae Gran Usuario
Mensajes : 425 Empleo /Ocio : Abogada
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar Mar Oct 19 2010, 17:28 | |
| Gracias Docta!!!.... besos |
|
| |
Contenido patrocinado
| Tema: Re: Reajuste con sentencia Chocobar | |
| |
|
| |
| Reajuste con sentencia Chocobar | |
|